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Las prácticas académicas externas deberán cotizar a la Seguridad Social

La Conferencia de Rectores CRUE ha lamentado "la aprobación sorpresiva" del real decreto que incorpora la cotización a la Seguridad Social de las prácticas académicas externas porque puede disminuir su oferta y ha pedido al Gobierno que abra un diálogo con las universidades para abordar los cambios.
RedacciónMartes, 8 de enero de 2019
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En un comunicado, la CRUE recuerda el Real Decreto ley 28/2018 para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes incluye la obligatoriedad de incorporar al régimen general de la Seguridad Social a los estudiantes que realizan sus prácticas académicas externas. En concreto, el RD señala que se deberá incluir en el Régimen General de la Seguridad Social a quienes participen en programas de formación, prácticas no laborales o prácticas académicas externas. Esta medida podrá afectar a 534.000 alumnos.

CRUE celebra el reconocimiento del valor de las prácticas académicas y que computen a los estudiantes como período de cotización a la Seguridad Social, pero advierte de que pueden suponer una disminución de la oferta, crear dificultades económicas para las universidades y sembrar incertidumbre sobre «cómo y quién» debe hacerse cargo de ellas.

CRUE celebra el reconocimiento del valor de las prácticas académicas y que computen a los estudiantes como período de cotización a la Seguridad Social, pero advierte de que pueden suponer una disminución de la oferta

A juicio de los rectores, estos asuntos y el desarrollo normativo del RD deben de ser abordados entre el Gobierno y las universidades en una mesa de diálogo en la que se debe determinar la diferencia entre las prácticas curriculares y extracurriculares; ya que las primeras son una práctica académica obligatoria y se consideran una asignatura más y las segundas tienen carácter voluntario.

También solicita que se mantenga la bonificación del 100% para las prácticas curriculares remuneradas y su extensión para las no remuneradas tanto curriculares como extracurriculares y que se establezca un procedimiento de alta simplificado y automatizado a la Seguridad Social para los estudiantes que realicen prácticas con bonificación para facilitar las gestiones. En este sentido, la CRUE cree que es necesario incorporar personal experto en gestión laboral a los servicios universitarios de empleo y prácticas para apoyar la gestión administrativa que supondrá la adaptación al nuevo real decreto ley.

A juicio de los rectores, estos asuntos y el desarrollo normativo del RD deben de ser abordados entre el Gobierno y las universidades en una mesa de diálogo en la que se debe determinar la diferencia entre las prácticas curriculares y extracurriculares

Por su parte, la Coordinadora de Representantes de Estudiantes de Universidades Públicas (Creup) ha pedido  participar en un diálogo con el Gobierno para estudiar la aplicación del real decreto. En un comunicado, la Creup valora de forma positiva la aprobación del real decreto, pero advierte de la necesidad de cuantificar la inversión requerida para poder implementarlo.

«La medida no refleja quién se hará cargo del importe de las cuantías, quedando al amparo del convenio entre las universidades y las entidades colaboradoras, ya sean públicas o privadas», señala la coordinadora.

Para evitar estas consecuencias negativas, prosigue el comunicado, es necesario estudiar la financiación que requiere la medida «ya que puede generar un impacto negativo en el conjunto del sistema universitario y en la empleabilidad de egresados», especialmente aquellos para quienes las prácticas son obligatorias.

La Creup valora de forma positiva la aprobación del real decreto, pero advierte de la necesidad de cuantificar la inversión requerida para poder implementarlo

La Creup solicita además que se establezca «un tiempo prudencial» hasta su aplicación para poder proceder a la reorganización eficiente del sistema y que no se vea mermada la oferta de prácticas. Asimismo, exigen que la cotización ampare al estudiantado ante el desempleo o la baja y no únicamente a efectos de antigüedad, de contabilización para las pensiones y protección médica.

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