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Educación delimita las ocho zonas de listas de espera de personal docente en Extremadura

Los integrantes de las listas ordinarias formarán parte de todas las zonas. Con esta medida se pretende favorecer la conciliación familiar.
Beatriz López IgualMartes, 21 de mayo de 2019
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Reunión de la Mesa Sectorial de Educación. JUNTA DE EXTREMADURA

La Consejería de Educación y Empleo delimitó las ocho zonas de listas de espera de personal docente no universitario, que coincidirán con los distritos educativos, medida con la que se pretende favorecer la conciliación familiar y laboral del personal docente interino. Esta es una de las nuevas medidas que contempla el nuevo decreto de interinos.

La zonificación fue negociada en la Mesa Sectorial de Educación, cuya reunión celebrada en Mérida estuvo presidida por el secretario general de Educación, Rafael Rodríguez de la Cruz. En este foro, se aprobó la orden por la que se concretan las zonas de las listas de espera. También asistió a la reunión la directora general de Personal Docente, Heliodora Burgos.

Las ocho zonas son Badajoz, Mérida, Don Benito-Villanueva de la Serena, Llerena-Zafra, Cáceres, Coria, Plasencial y Navalmoral de la Mata. En un anexo a la orden se publicará el listado de centros educativos pertenecientes a cada una de ellas.

Las listas

Los integrantes de las listas ordinarias o extraordinarias formarán parte de todas las zonas, salvo que renuncien expresamente a alguna de ellas, una renuncia que deberán concretar por cada lista ordinaria o extraordinaria a la que pertenezcan.

Los interinos que formen parte de varias listas ordinarias y/o extraordinarias podrán optar por formar parte de las mismas zonas en todas ellas, o concretar zonas diferentes en todas, o solo en algunas de ellas. Asimismo, los interesados podrán ampliar las zonas solicitadas.

Para esto, se establecen dos plazos, del 1 al 31 de enero y del 1 al 30 de junio, de cada año. Las solicitudes entregadas en el primer plazo tendrán efecto a partir de ese mismo curso escolar, mientras que las realizadas en el segundo, lo tendrán a partir del siguiente curso.

Para esto, se establecen dos plazos, del 1 al 31 de enero y del 1 al 30 de junio, de cada año. Las solicitudes entregadas en el primer plazo tendrán efecto a partir de ese mismo curso escolar, mientras que las realizadas en el segundo, lo tendrán a partir del siguiente curso.

En cuanto a la renuncia a una o a varias zonas, será irrevocable y no se podrá renunciar a la plaza que se esté ocupando.

Las renuncias que se presenten por los integrantes de las listas ordinarias durante el mes de julio se tendrán en cuenta en las adjudicacionesde plazas o sustituciones que se realicen una vez iniciado el curso escolar, mientras que las que se presenten, tanto por los integrantes de las listas ordinarias como los de las extraordinarias, una vez iniciado el curso escolar, serán tenidas en cuenta en la tercera adjudicación que se realice a partir de la entrega de la solicitud de renuncia.

Los interinos integrantes de las listas ordinarias podrán modificar las zonas a las que pertenecen en la solicitud para la actualización de méritos.

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