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Los expertos rechazan la posible inconstitucionalidad de la LOCE

La Ley de Calidad ha pasado el primer asalto en solitario, pues ningún grupo apoyó al PP en el rechazo de las diez enmiendas a la totalidad votadas el pasado viernes 4 de octubre.
Miércoles, 16 de octubre de 2002
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En el paso por el Congreso el proyecto de LOCE volvió a escuchar los consabidos apelativos con que la viene regalando desde hace un año la oposición, la mayoría de ellos apelativos sin mucho fondo. Sin embargo, uno de ellos se viene repitiendo desde hace meses, enarbolado especialmente por los partidos nacionalistas vascos y catalanes: el de inconstitucional e invasora de competencias.

Sin embargo, según los expertos consultados por MAGISTERIO, la ministra tiene razón al defender la constitucionalidad de la Ley, pues en palabras de uno de ellos, se ha llegado hasta donde permitían las competencias.

Sin problemas

José Gabaldón, exvicepresidente del Tribunal Constitucional, y actualmente miembro del Consejo de Estado, examinó algunos de los aspectos más cuestionados de la Ley, y reconoció no encontrar nada que pueda a su juicio considerarse inconstitucional. Sin embargo, dejaba claro que sus conclusiones eran provisionales, pues para asegurarlo necesitaba un análisis más profundo del contenido del proyecto de Ley y de las transferencias educativas.

Sin embargo, Roberto Mur, el brazo ejecutor de las últimas transferencias educativas realizadas por Mariano Rajoy y experto en temas competenciales, examinó para MAGISTERIO dos temas a priori polémicos: la formación permanente del profesorado y la evaluación del sistema educativo.

En sus conclusiones, Roberto Mur reconoce que el proyecto de LOCE intenta apurar hasta el límite sus competencias, pero a su juicio la barrera no es sobrepasada nunca.

Con respecto al la formación inicial del profesorado, Mur opina que “el título competencial del estado para establecer la formación inicial es el que le asiste para la ordenación general del sistema educativo en términos que garanticen a todos, en todo el territorio nacional, las mismas condiciones básicas en el ejercicio de los derechos educativos”.

Formación permanente

Con respecto a la formación permanente del profesorado, para Mur hay que distinguir entre el plano normativo y el ejecutivo. En el normativo, el MECD “debe regular las actividades de formación del profesorado, tipificarlas y determinar los efectos sobre la carrera profesional de los docentes”. Las comunidades deberán aplicar y desarrollar la normativa básica.

En el plano ejecutivo, las comunidades tienen competencia para establecer y organizar programas y actividades de formación docente por sus medios o con por convenios con las universidades. Pero el MECD ha de jugar un importante papel mediante una oferta de servicios de gran calidad y articular una oferta formativa, como la diseñada por el ISPF (Instituto Sup. de Formación del Profesorado). En su opinión, mientras el MECD oferte y no imponga cursos, no se salta competencias.

Las razones de una ruptura

No le pilló al Ministerio de Educación por sorpresa la presentación de la enmienda a la totalidad por parte de CiU, escarmentados como estaban por lo ocurrido en la tramitación de la LOU y la Ley de FP –la semana pasado fue admitida a trámite la demanda la demanda de CiU sobre algunos aspectos de esta última Ley ante el Tribunal Constitucional (TC)–, a pesar de que las negociaciones se mantuvieron hasta última hora. De hecho, la propia ministra, Pilar del Castillo, no parecía tenerlas todas consigo en este tema y mostró sus dudas sobre el apoyo de CiU en la entrevista concedida a MAGISTERIO hace algunas semanas. Fuentes de CiU han justificado la decisión en razones técnicas –como la escasa importancia que se da en la Ley a la lengua y la cultura de las autonomías–, pero no ocultaban que la dimisión de Pere Esteva ha influido en la decisión de dar marcha atrás a última hora. 

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