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En tiempo de rebajas, Educación para el Consumo

Ni más ni menos que tres planetas harían falta para saciar el consumismo global. Esto es lo que se desprende del controvertido Informe sobre el estado del mundo en 2004, publicado el sábado pasado por el Instituto Worldwatch (WI). Pero, en plena cuesta de enero y recién llegadas las rebajas, este consumo adquiere a veces tintes un tanto desenfrenados. Comprar, comprar y comprar, pero muchas veces sin cuidado. Desde MAGISTERIO apostamos por la Educación para un consumo más responsable.
Miércoles, 14 de enero de 2004
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Autor: Zaida PÉREZ DE ARANDA

El gasto para la adquisición de bienes y servicios se ha cuadruplicado desde 1960. O sea, que cada vez vivimos mejor y es innegable nuestra condición de consumidores –sin ir más lejos, 1.700 millones de personas ingresaron durante gran parte del siglo pasado a la “clase consumista”, según el informe de Worldwatch–. Pero el consumidor también ha de asumir una serie de responsabilidades; eso, sin olvidar que también tiene unos derechos que debe conocer.

Apenas hace una semana del comienzo de las famosas rebajas y darse algún que otro capricho es practicamente inevitable. Ahora bien, tomando ciertas precauciones, como comprobar que los descuentos ofrecidos no contravienen la ley o que los productos ofertados no son de una calidad distinta a la normal. No en vano, la temporada de rebajas no supone una merma en los derechos del consumidor. Al revés, nos asisten los mismos derechos que cuando realizamos una compra en temporada normal. Y para ser conscientes de todos ellos, una buena formación se hace imprescindible.

El consumo en los niños

El consumismo comienza en el hogar, sigue en el colegio y está presente permanentemente en nuestro ocio. Es imposible alejar a los niños de una realidad tan cotidiana. Por ello, el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio ha coordinado con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes la integración en los planes y programas de Educación Primaria y Secundaria de la enseñanza de los derechos del consumidor. Con esta transformación curricular que está llevando a cabo el MECD, nos estamos beneficiando todos como consumidores, pues se trata de formar personas conscientes de sus actos, deberes y obligaciones.

De este modo, a partir del año escolar vigente se comienza a educar a los más jóvenes en el tema del consumo a través de proyectos pilotos que tienen como meta su aplicación en todos los centros escolares españoles para el año 2006.
“Es esencial formar a los niños y adolescentes en el consumo responsable, inculcándoles, además, criterios de selección basados en aspectos de calidad, conservación del medio ambiente, respeto a los derechos humanos, etc.”. Con estas palabras del defensor del menor, Pedro Núñez Morgades, queda patente la necesidad de una formación para el consumo en unos niños cada vez más expuestos a la publicidad.

Y es que, si bien intrínsecamente no es negativo, al consumismo se le achacan ciertas “enfermedades” como la “adicción” a determinadas marcas por parte de los más jóvenes. Toda una realidad que, sin embargo, tiene visos de mejora: según el Barómetro del Consumo 2003, que elabora la Fundación Grupo Eroski, la confianza en marcas blancas o de distribuidor es cada vez mayor.

Asimismo, también se relaciona el consumismo con la obesidad, un problema de salud que cada vez padecen más niños en los países desarrollados.

Educación y consumo

Los más pequeños han de familiarizarse con una función –la de consumidores– que entraña unos derechos y deberes. Así, en un principio, desde los centros escolares se deben dar a conocer los aspectos esenciales de la legislación sobre el consumo (sobre todo, los que encierra la Ley General para la defensa de consumidores y usuarios de 1984).

Además, hay que tomar conciencia de que en la Educación para el Consumo tienen que implicarse tanto la escuela como los padres, las asociaciones y las administraciones públicas. También es importante llevar a cabo actividades en clase, como talleres, relacionadas con el consumo, tratando asimismo de vincular este tema a otros ejes transversales con los que interactúa, como son la Educación para la Salud (para fomentar unos buenos hábitos alimenticios) o la Educación Medioambiental (con el fin de mejorar la calidad de vida pero sin deteriorar el entorno).

En definitiva, se trata de potenciar el valor de la Educación para el Consumo con objeto de contribuir a unos hábitos y actitudes que promuevan un desarrollo personal equilibrado y maduro en el niño.

Entrevista con Manuel Ángel López Sánchez, profesor de Derecho Mercantil de la UNAV: «La ley de consumidores pretende sensibilizar desde la escuela»

MAGISTERIO se ha puesto en contacto, para tratar el aspecto jurídico del consumo, con el experto en Derecho de Protección del Consumidor Manuel Ángel López Sánchez. Desde el Departamento de Derecho Mercantil que dirige en la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra, el profesor López Sánchez apunta dos aspectos a tener en cuenta por el consumidor a la hora de enfrentarse a las rebajas: “En primer lugar, los productos rebajados en el precio no pueden ser productos deteriorados; la rebaja debe afectar sólo al precio, no a la calidad del producto. Además, cuando se informa del precio del producto, debe aparecer, junto al precio rebajado, el precio que tenía el producto con anterioridad a la rebaja; de este modo, el consumidor está en condiciones de conocer cuál es el ahorro que experimenta”. Por su parte, el vendedor no puede obviar obligaciones tales como “no poner a la venta bajo el concepto de rebaja un saldo, un producto obsoleto o fuera de temporada. El comerciante está obligado a que el producto no tenga defectos y a que aparezcan indicados los dos precios”.

Ya que estábamos, le preguntamos al profesor sobre la materia que más nos interesa, la Educación para el Consumo. Él nos remitió a la Ley General para la defensa de consumidores y usuarios del 84, “que se ocupa fundamentalmente, en este contexto de la Educación del consumidor, de tres cuestiones:

—En primer lugar, intentar que el sistema educativo incorpore contenidos en materia de consumo adecuados a la formación de los alumnos, a fin de que éstos (niños o jóvenes) se vayan sensibilizando desde la escuela sobre cuáles son sus derechos como consumidores.

—También se habla de que los medios públicos de comunicación deben llevar a cabo campañas de formación de los ciudadanos en cuanto consumidores. De hecho, los medios son un cauce para hacer llegar información objetiva a los consumidores y para que éstos vayan madurando y tomen sus decisiones de forma más meditada. Sin embargo, esta función de los medios es una gran declaración de principios que se queda en papel mojado si no se hacen proyectos concretos y no se da una clara y decidida voluntad política a la hora de su ejecución.

—Por último, se hace referencia a las Oficinas de Información al Consumidor, que suelen tener carácter municipal, en las que se ofrece información a los consumidores, por ejemplo, sobre sus derechos o sobre el modo de encauzar sus reclamaciones. Estas oficinas sirven así al asesoramiento de los consumidores, y vienen a satisfacer, en consecuencia, tanto una función informativa como, en cierto modo, también educativa. A este respecto, son muy importantes las asociaciones de consumidores, que se encuentran más motivadas para tomar iniciativas judiciales. Se encargan del asesoramiento de las partes involucradas, al tiempo que intentan resolver los conflictos y, en definitiva, alertan al consumidor basándose en la experiencia”.

Tras estos apuntes legales, quisimos conocer la opinión de Manuel Ángel López Sánchez sobre el consumo responsable, que él define como “un problema de autorresponsabilidad del consumidor frente a su persona y su patrimonio. Se trata de que el consumidor tome sus decisiones teniendo en cuenta el coste de esas decisiones y siendo consciente de los riesgos que entrañan”. O, dicho de otro modo, de que “el consumidor sea responsable de sus actos”, condición necesaria para que luego, en su caso, pueda exigir responsabilidades jurídicas al vendedor.

Derecho a la Educación y formación en materia de consumo

Con la promulgación de la Constitución de 1978, la protección de los consumidores y usuarios se convierte en un principio básico que obliga al Estado a asegurar a los ciudadanos sus derechos y libertades en este ámbito. Así, en su artículo 51 se ordena a los poderes públicos que:

—Garanticen la defensa de los consumidores y usuarios.
—Protejan su seguridad, salud e intereses económicos.
—Promuevan la información y la Educación de consumidores y usuarios.
—Fomenten las organizaciones de consumidores y usuarios y las oigan en lo que pueda afectar a éstos.

Cumpliendo con el mandato de la Constitución, las Cortes Generales aprobaron en 1984 la Ley General para la defensa de consumidores y usuarios. De esta Ley se desprenden los derechos básicos de los consumidores y usuarios:

1. Derecho a la protección de su salud y seguridad.
2. Derecho a la protección de sus intereses económicos y sociales.
3. Derecho a una información correcta.
4. Derecho a la Educación y formación.
5. Derecho a la representación, consulta y participación.
6. Derecho a la protección jurídica, administrativa y técnica en situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.
7. Derecho a la indemnización o reparación de daños y perjuicios sufridos.

El artículo 18 de la Ley 26/84 recoge los objetivos que debe perseguir la Educación de los consumidores y usuarios:

—Promover la mayor libertad y racionalidad en el consumo de bienes y la utilización de servicios.

—Facilitar la comprensión y utilización de la información que les debe ser facilitada a los consumidores y usuarios.

—Difundir el conocimiento de los derechos y deberes del consumidor o usuario y las formas más adecuadas para ejercerlos.

—Fomentar la prevención de riesgos que puedan derivarse del consumo de productos o de la utilización de servicios.

—Adecuar las pautas de consumo a una utilización racional de los recursos naturales.

—Iniciar y potenciar la formación de los educadores en ste campo.

Videojuegos

Con el propósito de proporcionar a padres y educadores una guía clara y sencilla en el momento de comprar un videojuego –de forma que los niños no sean expuestos a contenidos no apropiados–, la Asociación Española de Ditribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (aDeSe) ha firmado, hace menos de un mes, un convenio con el Instituto Nacional del Consumo para la promoción y la difusión de PEGI, un código de autorregulación que indica, por un lado, la edad de uso de cada video juego y, por otro, su tipo de contenido (violencia, sexo…). 

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