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Una sentencia obliga a la Consellería de Galicia a pagar a los interinos los trienios anteriores a 2007

Martes, 21 de abril de 2009
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Una sentencia obliga a la Consellería de Galicia a pagar los trienios por los servicios prestados como personal interino con anterioridad a mayo de 2007. Hasta ahora, la Administración sólo estaba teniendo en cuenta el trabajo realizado con posterioridad a la publicación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). La sentencia, que ha sido ganada por el sindicato CIG, obliga también a la Consellería a pagar los intereses correspondientes desde la fecha en que interpuso la demanda.

La sentencia se ha publicado después de la campaña iniciada por el sindicato CIG-Ensino desde junio del pasado año, que llevó a un número importante de afiliados a interponer recursos contra la Consellería para poder cobrar la antigüedad previa al EBEP. Esta sentencia es la primera que se dicta en Galicia.

La organización sindical ya se dirigió a la Consellería una vez conocida la sentencia para que cese en sus escritos desestimando en vía administrativa las reclamaciones y negocie la aplicación general a todo el personal con servicios prestados como interino desde 2004 a 2007. CIG quiere así evitar que los afectados se vean obligados a recurrir a la vía judicial para ver reconocidos sus derechos económicos.

La sentencia supone que el personal interino podrá acogerse a esta sentencia o bien usarla como fundamento jurídico para conseguir una sentencia idéntica y así poder cobrar los trienios correspondientes a los cinco años anteriores desde el día en que presente el recurso. Según la CIG “puede reclamar cualquier persona que tenga trabajado un mínimo de tres años (un trienio completo) con anterioridad al 13 de mayo de 2007, independientemente de su relación laboral actual con la Administración, es decir, sea actualmente interino, funcionario de carrera o ya no trabaje para la Xunta”.

El sindicato pone el ejemplo de una profesora que reclame en el mes de mayo de 2009 los trienios desde mayo de 2004 (con un tope máximo de cinco años que señala la sentencia). El sindicato aclara que “en realidad estará reclamando los trienios de tres años (desde mayo de 2004 a mayo de 2007), ya que desde esta fecha ya los paga la Consellería de oficio por aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público”. Según la CIG, “si esta profesora tuviera trabajado seis años como interina antes de mayo de 2007, estaría reclamando el valor de dos trienios durante 36 meses (es decir, entre 2.600 euros y 3.200 euros aproximadamente)”.

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