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El TSJA suspende cautelarmente las órdenes de conciertos de los centros de Educación diferenciada dictadas por la Junta de Andalucía

Con fecha 10 de noviembre la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha notificado varios autos acordando adoptar la medida cautelar consistente en dejar sin efecto temporal la condición impuesta por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de que sus aulas sean mixtas para el curso 2009-10 a los centros de Educación diferenciada

Miércoles, 11 de noviembre de 2009
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Fecapa, CECE Andalucía y los 12 centros afectados presentaron en septiembre pasado recurso contencioso administrativo solicitando que se dejase sin efecto la condición que este año impuso la Consejería a los colegios de Educación diferenciada de que fuesen mixtos para acceder al concierto. Con las órdenes dictadas por la Consejería de Educación los centros tenían concierto para este curso 2009-10 pero, si no se convertían en mixtos, se les rescindiría el concierto para el curso siguiente 2010-11. El Auto del TSJA es claro y expresamente dice que se acuerda adoptar la medida cautelar interesada porque, entre otros motivos, «de denegarse la medida cautelar de suspensión, derivaría una situación difícilmente reversible, porque si la sentencia que se dictase fuere favorable, sería ineficaz al haberse verificado un cambio esencial en la identidad del centro, con los consiguientes efectos en orden a la matriculación en el mismo de los alumnos de ambos sexos, la inhibición de algunos padres a matricular a sus hijos el próximo año ante dicha circunstancia y la posibilidad de que, de estimarse el recurso, habrían de salir del centro loa alumnos de distinto sexo a los que tradicionalmente han sido admitidos, a lo que ha de agregarse el carácter temporal de la aprobación inicial del concierto que afectaría a su vez a las matriculaciones puesto que el proceso de admisión finaliza en el mes de marzo próximo fecha en la que debe estar despejada la situación del centro en cuanto al mantenimiento de su identidad actual».

Con la medida cautelar acordada por el Tribunal, los centros podrán seguir impartiendo sus enseñanzas con su propio modelo pedagógico, como lo llevan haciendo ininterrumpidamente durante más de 40 años, y las familias pueden seguir escogiendo este modelo.

Son, hasta el momento, más de 30.000 firmas las que se han recogido en Andalucía y entregado a la Administración educativa, a favor del mantenimiento de la financiación a estos centros cuya labor educativa ha sido reconocida por la propia Administración. «Al final nuevamente han tenido que ser los Tribunales los que encaucen esta problemática surgida exclusivamente desde el seno de la Administración», señalaron fuentes de los centros afectados.

La Consejería de Educación afirma en un comunciado que «estudiará los argumentos del auto del TSJA que suspende cautelarmente las órdenes de concierto una vez que le sea notificado oficialmente. A la luz de esos argumentos, la Consejería planteará su actuación».

Además señala que, «no obstante, se trata de una medida cautelar que no entra, por tanto, en el fondo de la cuestión. La Consejería de Educación es consciente de que es un asunto muy complejo jurídicamente y que esta resolución no es la primera ni será la última en esta materia».

«El auto, en cualquier caso, –añade la Consejería– no tiene efectos prácticos sobre los centros concertados que no han implantado la enseñanza mixta a los que se refiere la resolución, que mantienen las mismas condiciones que al inicio del curso». La Consejería de Educación mantendrá su «defensa de la enseñanza mixta en la medida que lo permita el marco jurídico vigente».

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