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La Justicia continúa amparando a un profesor perseguido por sus ideas pedagógicas

Después de la dura sentencia del juzgado de Granada, ahora el TSJA ha dictado que no procedía en absoluto la apelación de la Junta de Andalucía para que el profesor José Manuel Rabasco cumpliera la sanción preventivamente.
Adrián ArcosMiércoles, 16 de junio de 2010
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El profesor Rabasco. (Foto: magisnet.com)

Los tribunales vuelven a dar la razón a los herederos del profesor de Granada José Manuel Rabasco. De hecho, confirman hasta qué punto de ensañamiento se llegó durante la tramitación del expediente disciplinario del que fue objeto, y en la posterior aplicación de la “descomunal” sanción. Y esta vez lo hace el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en cuya sentencia del pasado 15 de marzo desestima el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Andalucía contra el profesor en febrero de 2008.

Hay que recordar que el pasado mes de enero se publicaba una sentencia por parte de una jueza de Granada, Estrella Cañavate, titular del juzgado de lo contencioso-administrativo de esta ciudad, que consideraba “descomunal” la sanción que le impusieron “sustentada en la falta de pruebas”.

Para hacer un recorrido por su polémica y trágica historia hay que remontarse al curso 2005-06, en el que el profesor Rabasco, que impartía clases de Geografía e Historia en el instituto “Fray Luis” de Granada, fue acusado por el director del centro –José González– de tratar con grave desconsideración a los alumnos y desobedecer a sus superiores. Tras efectuarse una inspección por el titular correspondiente –Antonio Caballero– se le abrieron tres expedientes y se le impuso una sanción de ocho meses sin empleo ni sueldo.

Pese a que el docente presenta en febrero de 2007 alegaciones y solicita la práctica de ciertas pruebas de descargo, se le mantiene la sanción provisional y se le deniegan las pruebas propuestas por él. Finalmente, Rabasco recurre a los tribunales y se celebra un juicio que no se escapa de estar envuelto en polémica. El desenlace termina siendo más trágico porque el profesor, que padecía diabetes, empieza a tomar tranquilizantes que le provocaron que su enfermedad se agravara y que finalmente le condujeron a la muerte en pocos meses.

Sanción preventiva
Hay que incidir en que la Junta de Andalucía se empeñó en que Rabasco cumpliera preventivamente la sentencia, sin que se hubiera producido una resolución definitiva. Al profesor no le quedó más remedio que cumplir la sanción y recurrió a los Tribunales para que no le hicieran cumplir la sentencia. No conforme con la actitud de Rabasco, la Consejería recurrió contra esta apelación del profesor al TSJA y le obligó a cumplir la sanción hasta el día en que falleció. Ahora el TSJA ha dictado que no procedía en absoluto la apelación que realizó la Junta, y que no existía motivo alguno para cumplir la sanción preventivamente.

No obstante, la Junta no ceja en su empeño de perseguir al profesor, incluso estando ya fallecido, y ha apelado al TSJA la sentencia dictada en enero por la jueza de Granada, Estrella Cañavate. El presidente de la asociación de profesores de Secundaria APIA –que está defendiendo el caso–, Gonzalo Guijarro, asegura que aún no ha conseguido el documento de la apelación de la Junta, aunque considera que “la argumentación tiene que ser de sainete, ya que la sentencia de la jueza de Granada era muy rotunda”.

En efecto la sentencia era muy dura y muy clara. Decía textualmente que “las acusaciones que se realizaron contra el profesor Rabasco no son más que vaguedades, con una vulneración de sus derechos de defensa hasta denegársele todas las pruebas presentadas”. La jueza no entiende “por qué se admiten las testificales de determinadas alumnas, director y jefa de estudios y no se quiere admitir las de los profesores propuestos por el recurrente que tenían por objeto acreditar la enemistad previa del expedientado con el director, así como el historial académico de suspensos de las alumnas que contra él declararon”.

“Persecución inquisitorial”
Para Guijarro, “esta sentencia pone de manifiesto la persecución inquisitorial de la que fue objeto el profesor Rabasco, con un expediente intachable pero que no asintió a las órdenes dictatoriales de determinados directores generales”. Según el presidente de APIA, “en Andalucía se persigue a los profesores que no se pliegan a las órdenes caciquiles de determinados directores”.

Guijarro asegura que en Andalucía es frecuente que se produzcan casos parecidos de lo que denomina “persecución a los disidentes pedagógicos, a aquellas personas que no siguen la pedagogía que intenta imponer la Administración”.

CRONOLOGÍA

  • 2 de octubre de 2006

Según la sentencia de la jueza de Granada, el director del centro había provocado que tres alumnas llegaran tarde a la clase del profesor Rabasco, con quien mantenía una notoria enemistad, por lo que el profesor no las dejó que se incorporaran. El director requirió al profesor después en su despacho, contirubuyendo así a construir una infracción disciplinaria que luego denunció a la Delegación.

  • 21 de diciembre de 2006

La Dirección General de Recursos Humanos dicta acuerdo de incoación del procedimiento disciplinario al recurrente acordando la suspensión provisional de funciones.

  • 15 de enero de 2007

El instructor solicita ampliación de plazo fundamentándolo en que se le había dado traslado del expediente con muy poco tiempo de antelación, con lo cual no disponía de tiempo material para redactar el pliego de cargos.

  • 5 de febrero de 2007

El instructor formula pliego de cargos con 16 hechos imputados indicando que podrían ser constitutivos de una o varias faltas graves.

  • 15 de febrero de 2007

El recurrente presenta alegaciones al pliego de cargos solicitando la práctica de determinadas pruebas de descargo.

  • 5 de marzo de 2007

Se acuerda mantener la suspensión provisional de funciones durante la tramitación del procedimiento.

  • 15 de mayo de 2007

El instructor presenta propuesta de resolución.

  • 30 de mayo de 2007

El acusado presenta alegaciones contra esa propuesta de resolución.

  • 15 de octubre de 2007

Finalmente, en virtud de tres faltas disciplinarias de carácter grave, se dicta la resolución sancionadora definitiva, que impone al profesor José Manuel Rabasco la suspensión de ocho meses de empleo y sueldo.

  • 26 de febrero de 2008

El recurso de apelación se interpuso contra el auto que acuerda acceder a la medida cautelar consistente en la suspensión de la ejecutividad de la resolución impugnada. Se admite a trámite el recurso.

  • 15 de octubre de 2008

El profesor Rabasco fallece tras agravarse la enfermedad que padecía.

  • 25 de enero de 2010

La juez de Granada dicta sentencia en la que estima el recurso interpuesto por los herederos de José Manuel Rabasco, frente a la resolución sancionadora de la Consejería de Educación.

  • 15 de marzo de 2010

El TSJA dicta sentencia en la que desestima el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Andalucía contra el auto del 26 de febrero de 2008.

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