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CCOO gana la apelación sobre las retribuciones de interinos de Secundaria

El profesorado que en el último año estuvo contratado a tiempo parcial por el departamento de Educación, podría exigir el dinero que el Gobierno de Navarra dejó de pagarles el último año.
MagisnetMiércoles, 25 de enero de 2012
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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha dado la razón a CCOO en su apelación sobre las retribuciones del profesorado interino de Secundaria que trabaja a tiempo parcial. Esto, según ha indicado el sindicato en un comunicado, significa que el profesorado interino de Secundaria que en el último año estuvo contratado a jornada parcial por el departamento de Educación, podría exigir el dinero que el Gobierno de Navarra dejó de pagarles el último año. Para un contrato de nueve horas, a media jornada, la diferencia en la nómina es de casi un 3% sobre lo que proporcionalmente cobra un contratado a tiempo completo, diferencia que se amplía en caso de jornadas superiores, según ha explicado.

La citada sala ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Gobierno de Navarra a una sentencia del 12 de enero de 2011, que condenaba la actuación del servicio de Recursos Humanos del departamento de Educación al utilizar la jornada de 18 horas lectivas como base para calcular las retribuciones del personal interino de Secundaria con contratos a jornada parcial. El fallo alega que el Pacto para la mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra 2007-2011 fija un horario lectivo de Secundaria en 17 horas semanales.

Sin embargo, según ha apuntado el sindicato, para calcular las retribuciones de los interinos a jornada parcial el Departamento de Educación ha estado utilizando durante los últimos cuatro años como referencia la jornada de 18 horas, que es la fijada en el Decreto Foral de Jornada y Horario del profesorado. La sentencia, ahora firme, dice que "aunque el Pacto no ha sido dotado, por el momento, con el rango de norma reglamentaria, el Gobierno de Navarra lo utiliza para lo que estima oportuno y lo aparta en lo que no parece convenirle. Dicho en otras palabras: a unos les aplica el Pacto por considerarlo vinculante, y a otros el Decreto Foral".

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