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El Supremo es favorable a la antigüedad en la Concertada

Martes, 31 de enero de 2012
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La Federación de Enseñanza de USO ha informado de que el Tribunal Supremo ha desestimado la demanda presentada por el Principado de Asturias que pedía la nulidad del artículo 61 del V Convenio de la Concertada sobre la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa. Esta sentencia pone fin al largo conflicto provocado por la anterior Administración al dejar de hacer efectiva esta paga a partir de enero del 2008.

El Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional que con fecha de 30 de noviembre de 2010 daba la razón a los trabajadores de la Concertada. Se refuerza así el derecho de los trabajadores a percibir esta paga de antigüedad, y la obligación de las Administraciones educativas de las comunidades autónomas de hacerla efectiva al personal en pago delegado.

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