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Presidente del TSJA: Las sentencias firmes hay que "respetarlas y cumplirlas"

MagisnetMiércoles, 18 de enero de 2012
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Lorenzo del Río, ha recordado que las sentencias "hay que cumplirlas si son firmes y ejecutables", al ser preguntado sobre la eventualidad de que el Obispado de Almería se niegue a readmitir a la profesora de religión Resurrección Galera. En rueda de prensa en Almería junto con los cinco vocales territoriales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en Andalucía, Del Río ha subrayado que tanto el Obispado como cualquier otra institución, o persona jurídica o individual, puede recurrir una sentencia, pero hay que "cumplir sus términos" si es "firme y ejecutable".

Del Río ha respondido en estos términos al ser preguntado por los periodistas en relación con la sentencia firme del TSJA que obliga a la readmisión de la profesora Resurrección Galera, que no fue renovada en 2001 en un colegio público por decisión del Obispado tras casarse por lo civil con un divorciado. El Obispado de Almería todavía no se ha pronunciado de manera oficial sobre la sentencia, que se conoció la semana pasada, aunque ha publicado en su página web un artículo de opinión firmado por el director del Colegio Diocesano, Juan Antonio Moya Sánchez, en el que aboga por recurrir el fallo ante la Corte Europea de Derechos humanos. Moya Sánchez argumenta que el fallo del Alto Tribunal andaluz "deja sin amparo el derecho a la libertad religiosa", que es "un derecho fundamental e irrenunciable", y considera que deja sin resolver un "conflicto entre derechos".

El fallo del TSJA desestimó el recurso del Obispado y confirmó la sentencia dictada el pasado mes de mayo por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC), que dio amparo a la profesora al reconocer su derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar. La sentencia condena al Ministerio de Educación, como empleador, a readmitir a Resurrección Galera y a pagarle el salario que dejó de percibir desde que no fue renovada por decisión del Obispado, que, por el Acuerdo entre el Estado Español y la Iglesia Católica, es el que tiene facultad de proponer a los profesores de religión que deben ser contratados.

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