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La Rioja comunica los criterios para adjudicar el punto complementario

Es uno de los cambios en el proceso de escolarización que ha incorporado el departamento regional al procedimiento de admisión de alumnos en dichos niveles educativos para el próximo curso.
Sonia BarradoMartes, 29 de marzo de 2016
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La Consejería de Educación ha comunicado a los centros de Educación Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato de La Rioja cuáles de los criterios propuestos dentro de su autonomía organizativa han sido autorizados para otorgar el punto complementario en el proceso de escolarización para el próximo curso escolar.

Se trata de uno de los cambios que ha incorporado el departamento regional al procedimiento de admisión de alumnos en dichos niveles educativos. Estas modificaciones afectan tanto a los criterios generales como al criterio complementario.

Respecto a los primeros de ellos, en aplicación de la nueva legislación a nivel nacional, se han incorporado la situación de acogimiento familiar del alumno y la condición legal de familia numerosa, que hasta ahora se consideraba como criterio complementario.

Por lo demás, se mantienen el resto de criterios: proximidad del domicilio o lugar de trabajo, existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en él, rentas anuales de la unidad familiar y concurrencia de discapacidad.

En cuanto a los criterios complementarios, si bien no se modifica la normativa, sí ha variado su interpretación de conformidad con los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma, estableciendo la obligatoriedad de que todos los centros educativos otorguen el punto complementario, que era voluntario hasta ahora, y en ningún caso se podrá conceder un punto de este tipo por un criterio establecido ya como general.

Algunos de los criterios para la concesión de este punto complementario, que los han adoptado muchos de los más de 100 centros educativos de los mencionados niveles en La Rioja y posteriormente autorizados por la Consejería, han sido elegir el centro en primera opción y la procedencia de centros de Infantil vinculados al colegio.

Familiar y antigüedad
También, entre otros, familiar de primer grado de un exalumno o extrabajador del centro y antigüedad mínima de dos años de empadronamiento del alumno en el área de influencia determinada por el centro escolar.

El calendario para el proceso de escolarización en estos niveles educativos fija para mañana 31 de marzo el sorteo público de las letras del apellido que establecerá el orden de prioridad de aquellas solicitudes que tengan el mismo número de puntos. El 1 de abril se abrirá el plazo para la presentación de las instancias, el cual permanecerá abierto hasta el 30 de abril.

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