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Justicia sugiere a Educación cambios en formación permanente de profesorado

RedacciónMartes, 15 de noviembre de 2016
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El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha remitido una sugerencia al Departamento de Educación en la que pide que se modifique la normativa que regula la formación permanente del personal docente no universitario para que el procedimiento para solicitar la asistencia a actividades sea más ágil y claro. La formación permanente del profesorado es un derecho del colectivo y una obligación para las administraciones públicas que, en Aragón, se concreta en la orden de 19 de febrero de 2013 del Departamento de Educación. En ella se establece el procedimiento para la asistencia a actividades formativas para el personal docente no universitario que presta sus servicios en centros docentes públicos de la comunidad, recuerda la oficina del Justicia en un comunicado.

Según la orden, esta solicitud debe realizarse con una antelación mínima de 15 días y contar con el visto bueno de hasta cuatro personas responsables y frente a estos requisitos El Justicia de Aragón ha aconsejado un procedimiento más ágil y racional con el fin de garantizar el derecho efectivo del profesorado a su formación permanente. Además, el formulario de petición de asistencia a una actividad de formación permanente no permite determinar si la misma se realiza dentro o fuera del horario lectivo, lo que a juicio del Justicia es un aspecto fundamental teniendo en cuenta que uno de los motivos de denegación de la actividad es que pueda afectar al desarrollo de las clases que imparte el solicitante.

García Vicente coincide también con la persona que presentó queja en la institución en que la solicitud debería permitir precisar si la actividad formativa se solicita en calidad de ponente o de asistente, dado que el grado de voluntariedad es diferente.

Por último, la sugerencia también insta a corregir los aspectos que permitan valoraciones discrecionales por parte de quien tiene que aceptar o denegar el permiso como, por ejemplo, la previsión de denegar la actividad cuando no está relacionada con la materia que imparte el profesor que la solicita.

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