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Los profesores no pueden vigilar todos los movimientos de los escolares

El deber de vigilancia del profesorado "no puede extenderse a todos y cada uno de los movimiento de cada alumno y durante todo el tiempo de permanencia en el centro", según se recoge en un dictamen del Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM).
RedacciónMartes, 25 de abril de 2017
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Ese argumento es el que sostiene el informe, al que ha tenido acceso Efe, para apoyar la propuesta desestimatoria de la reclamación presentada por el padre de un alumno de un centro de Educación Infantil y Primaria ubicado en Águilas que sufrió una caída y se rompió un diente. Al expediente abierto en la Consejería de Educación del gobierno murciano fue incorporado un informe de la dirección del colegio en el que se indica que la caída se produjo en unas escaleras y de manera totalmente fortuita.

El CJRM, al apoyar la propuesta desestimatoria de la demanda elaborada por el instructor del expediente, dice que no se ha demostrado la relación de causalidad entre el daño por el que se reclama y el funcionamiento del servicio público educativo, por lo que no cabe la exigencia de responsabilidad patrimonial.

"Nos encontramos –comenta el dictamen– ante una situación que, por incontrolable, resulta inevitable, constituyendo un riesgo inherente al desenvolvimiento de los alumnos en el centro escolar, sin que el deber de vigilancia del profesorado pueda extenderse a todos y cada uno de los movimientos de cada alumno y durante todo el tiempo de permanencia en el centro".

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