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Una sentencia del TSJR avala que se imparta la asignatura de Religión Islámica en la Rioja

Tras conocerse el fallo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, la comunidad islámica instó a la Consejería de Educación a que se imparta esta nueva asignatura este mismo curso en todos los niveles educativos.
Sonia BarradoMartes, 14 de noviembre de 2017
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Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) avala que se imparta la asignatura de enseñanza religiosa islámica en los centros docentes de esta región al estimar la demanda presentada por una madre. Tras conocerse el fallo, la comunidad islámica instó la pasada semana a la Consejería de Educación a que se imparta este mismo curso en todos los niveles educativos.

La demandante, y portavoz de la Asociación de Trabajadores Inmigrantes Marroquíes (ATIM), Marian Aretio, señaló que desde hace 25 años el acuerdo de cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España garantiza que los alumnos tienen derecho a recibir Religión Islámica como asignatura en sus centros.

Aludía con ello a la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprobó dicho acuerdo, en cuyo artículo 10 se apoya la sentencia. En este artículo se garantiza a los alumnos musulmanes, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten, “el ejercicio del derecho de los primeros a recibir enseñanza religiosa islámica en los centros docentes públicos y privados concertados”.

Ello, siempre que, en cuanto a estos últimos, “el ejercicio de aquel derecho no entre en contradicción con el carácter propio del centro”, en los niveles de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

Años de reivindicación
Pero “este derecho fundamental no se cumple en La Rioja”, rebatió Aretio, por lo que desde el año 2009 la comunidad islámica lleva solicitando a la Consejería riojana de Educación que cumpla esta ley y, al no atenderse la petición, Aretio interpuso el pasado abril un recurso contencioso-administrativo, que fue desestimado y entonces presentó la demanda en mayo.

Ha sido ahora respaldada en una sentencia que establece que la Consejería tiene un plazo de 20 días para presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque esto no supondría la paralización del cumplimiento del fallo judicial, expuso la demandante. Así, anunció que si en 20 días no se imparte la asignatura, interpondrá un recurso de ejecución de la sentencia ante el TSJR.

El Gobierno de La Rioja ha mostrado su voluntad de cumplimiento de la sentencia, “sin perjuicio de un análisis jurídico más pormenorizado que pudiera conducir a cuantas acciones legales procedan y buscando siempre las máximas garantías y rigor en el ejercicio de los derechos de las personas en su Educación”, ha afirmado el Ejecutivo.

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