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La Junta de Andalucía recurre la sentencia del TSJA que anula la reducción de Religión

La consejera de Educación de la Junta de Andalucía, Sonia Gaya, durante su intervención en el Parlamento informó de que el gabinete jurídico ha interpuesto un recurso de casación, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Andaluza (TSJA), que anula la orden de currículum de Primaria que permitía reducir el horario de la asignatura de Religión en esta etapa.
Beatriz Gámez JareñoMartes, 19 de junio de 2018
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Asimismo, anunció que para garantizar una mayor seguridad jurídica en Primaria y Secundaria se ha iniciado la tramitación de dos nuevas órdenes que vuelven a regular los currículos de estas enseñanzas.

Gaya también subrayó que se ha actuado para que el curso 2018-19 empiece con el necesario respaldo normativo de la regulación curricular no solo de la asignatura de Religión, sino de ambas etapas, tanto en Primaria como en Secundaria.

La consejera de Educación explicó que aunque falle la orden por un defecto de forma, la sentencia del TSJA no analiza el fondo de la cuestión. En concreto, comentó que no se dio cumplimiento al trámite de audiencia, puesto que la notificación para las alegaciones se envió a los obispos a su sede de Granada y no a la de Sevilla.

Hechos fundamentales
Así, el recurso se basa en tres hechos fundamentales. El primero es que la Secretaría General de Educación remitió la notificación para alegaciones a la Asamblea de Obispos del Sur de España, que se encuentra en la Archidiócesis de Granada en vez de mandarla a la de Sevilla.

El segundo, según argumentó la consejera de Educación, es que dada la naturaleza y el alcance de orden, la Secretaría General decidió publicarla en su página web incorporándola al expediente del trámite de información pública. Por lo tanto, el texto estuvo por este medio a disposición de cualquier persona o entidad que quisiera consultarlo.

El tercer motivo del recurso es que también se puede acreditar la participación previa de la Asamblea de Obispos del Sur en la elaboración de la norma, tal y como se recoge en el artículo 45.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre. En este sentido, Gaya afirmó que se produjo esa colaboración y apuntó que tienen correos electrónicos que lo acreditan.

La reducción horaria de la asignatura de Religión fue una decisión individual de los equipos directivos de cada escuela, amparada en una orden dictada por la Consejería de Educación.Esta orden rebaja de hora y media a 45 minutos semanales la carga lectiva de la Religión en Andalucía.

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