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El Supremo da la razón a la Generalitat valenciana sobre el Decreto de Plurilingüismo derogado

RedacciónViernes, 27 de julio de 2018
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El Tribunal Supremo ha emitido una providencia en la que no comparte los criterios de la sección cuarta del TSJCV de haber continuado sentenciando una normativa que ya estaba derogada. Esta resolución, en la que se aceptan los argumentos de la Conselleria, la ha realizado el alto tribunal estatal en referencia al Decreto 9/2017 de Plurilingüismo. sobre el que la sección cuarta del TSJCV, emitió una sentencia en abril de 2018 cuando hacía meses que había sido derogado por la Generalitat y no estaba en vigor.

En el escrito del Tribunal Supremo se declara «la pérdida sobrevenida del objeto procesal, por el hecho de haberse derogado el Decreto de Plurilingüismo». Además el criterio del Tribunal Supremo ha sido compartido y aceptado por la Fiscalía. De este modo, tal como se había defendido siempre por la Generalitat, el TS explicita que desde la derogación del Decreto de Plurilingüismo, el 29 de diciembre de 2017, se queda sin objeto el litigio.

Según el TS. la sección cuarta del TSJCV tendría que haber aceptado, desde ese momento, todas las peticiones de archivo que la Generalitat ha formulado en los diferentes procesos pendientes relacionados con esta causa.

La Conselleria de Educación y Cultura ha resaltado que el plurilingüismo educativo está regulado mediante la Ley de Plurilingüismo aprobada el 14 de febrero de 2018 por Les Corts Valencianes.

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