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Los titulados sin el Máster docente se contratarán solo una vez agotadas las listas

La contratación, de manera extraordinaria y temporal por la pandemia, de titulados que aún no hayan cursado el Máster específico para dar clase, se llevará a cabo solo cuando se hayan agotado las listas de aspirantes para las diferentes asignaturas con el citado requisito.
RedacciónMartes, 29 de septiembre de 2020
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Así se recoge en el real decreto publicado en el BOE de hoy y aprobado ayer por el Gobierno en el Consejo de Ministros, y que «modifica excepcionalmente los criterios de contratación de docentes para que las comunidades puedan reforzar las plantillas» durante la pandemia. Además, se ha fijado que para el eventual ingreso posterior en la función pública o la continuidad en el ejercicio de la docencia de esos titulados ahora contratados se exigirá estar en posesión del Máster.

El Ministerio de Educación ha explicado en una nota que esta medida afecta a los cuerpos de profesores de Secundaria, técnicos de Formación Profesional, profesores de Música, Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Escuelas Oficiales de Idiomas. Esas plazas creadas «se amortizarán al finalizar el curso en el que desaparezcan los motivos de urgente necesidad que originaron su creación».

El real decreto recoge asimismo otras medidas educativas para el desarrollo del curso 2020-21 como es el otorgar el carácter de «orientativos» a los estándares de aprendizaje evaluables. Con ello, se pretende «facilitar la adaptación de las programaciones didácticas a las decisiones que se adopten sobre presencialidad del alumnado en los centros». Por ello, se adaptan también los criterios de evaluación, promoción y titulación en Primaria, Secundaria y Bachillerato de forma que las administraciones educativas podrán autorizar su modificación para adecuarlos mejor a la situación provocada por la pandemia. Los equipos docentes valorarán de manera colegiada y global si se han alcanzado los objetivos de cada etapa.

El real decreto recoge asimismo otras medidas educativas para el desarrollo del curso 2020-21 como es el otorgar el carácter de "orientativos" a los estándares de aprendizaje evaluables

Se suprimen asimismo las evaluaciones de final de etapa de Primaria y Secundaria por contarse con «otras fuentes de información del rendimiento educativo del alumnado».

Respecto al calendario escolar, se considerarán días lectivos todos aquellos en los que se preste atención y apoyo educativo al alumnado, sea de forma presencial o a distancia.

En cuanto a la Formación Profesional, se permite la reducción de la duración de los módulos de formación en centros de trabajo a la mínima establecida, 220 horas. Además, será posible sustituir la estancia en empresas por una propuesta de actividades asociadas al entorno laboral cuando no exista otra alternativa.

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