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Una sentencia reconoce el derecho de una niña a tener plaza en un colegio concertado pese a su masificación

padresycolegios.comSábado, 1 de enero de 2022
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Autor: Henar Arranz Morán

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reconocido el derecho de unos padres a obtener plaza en un colegio concertado de Sevilla, aunque éste hubiese cubierto su cupo de plazas.

En un primer momento, se denegó la instancia solicitada por los padres en el juzgado de primera instancia. El motivo de este rechazo fue que la menor no tenía los puntos necesarios. Para conseguir estos puntos su hermana tenía que estar matriculada en uno de los cursos concertados con la Junta, y no era así.

Los padres, representados por la letrada Carmen García Díaz, acudieron al Tribunal Superior de la Junta de Andalucía. La sentencia de este tribunal, que ya es firme, ha dictado que prevalece el derecho constitucional de los padres a elegir el tipo de educación y el de los niños a evitar los “prejuicios psicológicos” que pueden sufrir “con los sucesivos cambios de entorno educativo, emotivo y de amistades”.

Además, la misma sentencia señala que lo único que se ve afectado es la existencia de más alumnos de los permitidos por clase, pero que no se produce en ningún caso “un prejuicio del interés general por la mayor escolarización de menores en el centro”.
 

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