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He heredado siendo menor de edad, ¿qué hago?

En situaciones de padres divorciados, es habitual que la persona fallecida no quiera que su expareja administre los bienes heredados.
Sebastián CazorlaViernes, 27 de enero de 2023
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Según el Instituto Nacional de Estadística, más de la mitad de los matrimonios acaban en divorcio. En este tipo de situaciones, si uno de los progenitores fallece, es habitual que no quiera que su expareja administre la herencia. Cuando ocurren estos casos ¿cuál es el procedimiento habitual? Para conocerlo, debemos explicar cuál es la función del administrador de bienes.

El administrador de bienes es una persona designada por el padre o la madre en su testamento para que se encargue de la administración de los bienes que herede el menor, normalmente excluyendo al otro progenitor. Sin embargo, hay otras ocasiones en las que un administrador de bienes puede ser designado sin el fallecimiento de ningún progenitor. Un ejemplo de ello, sería por petición del menor, cuando sus padres pongan en peligro su patrimonio.

Esta figura es muy habitual en testamentos de personas divorciadas, ante la eventualidad de que su fallecimiento ponga los bienes que herede el menor en manos del otro progenitor, en el que no se tiene confianza. Por supuesto, el cargo del administrador es temporal, ya que será revocado en el momento en que el menor alcance la mayoría de edad o se emancipe.

“El administrador de bienes actuará en nombre del menor y velará por sus intereses, ajustándose a la instrucciones del testador y en cualquier caso tendrá las facultades ordinarias de administración, bajo el control judicial para las extraordinarias, tales como enajenación de inmuebles. No obstante no tiene ninguna afectación a las facultades de ejercicio de la patria potestad del padre o de la madre (educación, residencia, sanidad, etc), limitándose a la administración de los bienes», explica Fátima Galisteo, abogada de Galisteo Abogados.

En caso de que ambos padres hayan fallecido, es imperativo designar a un tutor legal, una figura que, además de administrar la herencia, deberá ocuparse del cuidado del menor.

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