La Junta de Andalucía facilita la incorporación excepcional de profesionales expertos como docentes de FP

La Junta de Andalucía ha facilitado la incorporación excepcional de profesionales expertos como docentes de Formación Profesional, gracias una resolución que permitirá garantizar la impartición de cursos cuando las entidades acrediten la imposibilidad de disponer de formadores con todos los requisitos.
EfeViernes, 11 de septiembre de 2026
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Con este criterio común, se pretende evitar que la falta puntual de docentes impida desarrollar acciones formativas vinculadas a las necesidades del mercado laboral, manteniendo los controles y garantías establecidos por la normativa. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha establecido un criterio común para aplicar, de forma excepcional, la exención del requisito de contar con el certificado profesional de habilitación para la docencia en acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de FP

La resolución, publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), desarrolla las excepciones previstas en el artículo 168 del Real Decreto 659/2023. El objetivo es unificar y homogeneizar el tratamiento de los posibles supuestos en los que se podrá eximir la competencia docente. Esta exención podrá aplicarse a personas con determinadas titulaciones universitarias o de Formación Profesional durante su primera acción formativa.

También podrá beneficiar a profesionales expertos que acrediten al menos cuatro años de experiencia relacionada con los módulos o bloques formativos que vayan a impartir. En todos los casos, la entidad formativa tendrá que presentar previamente una oferta de empleo ante el Servicio Andaluz de Empleo y difundirla en toda Andalucía. Si no existen candidaturas adecuadas y disponibles, la oficina de empleo deberá certificar esta circunstancia, ha detallado la Junta de Andalucía.

La aplicación de la exención quedará condicionada a que la Delegación Territorial correspondiente valide el cumplimiento del resto de requisitos exigidos al personal formador. La resolución mantiene el carácter excepcional de la medida, que estará limitada a la acción formativa que se vaya a impartir, no supondrá el reconocimiento permanente de la competencia docente y tampoco generará derechos para impartir futuros cursos sin acreditar los requisitos exigidos.

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