La FP madrileña incorporará a profesionales de empresas como profesores

La Comunidad de Madrid regulará la incorporación de especialistas procedentes del sector productivo para impartir módulos y clases de Formación Profesional. Su participación se centrará en los ciclos de Grado D y los cursos de especialización de Grado E, tanto en centros públicos como concertados y privados.

MagisterioLunes, 2 de noviembre de 2026
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Los contratos tendrán una duración máxima de un curso escolar. En cuanto a la retribución, será la misma que la de los funcionarios docentes que impartan el mismo módulo o especialidad. © ADOBE STOCK

La Comunidad de Madrid incorporará a profesionales de empresas para impartir módulos y clases en sus centros de Formación Profesional. Estos especialistas trasladarán a las aulas conocimientos vinculados a procesos específicos del mercado laboral, con el objetivo de complementar la formación que reciben los alumnos en las distintas enseñanzas de FP.

La medida está recogida en un decreto aprobado por el Consejo de Gobierno que regula la participación de estos perfiles y adapta la normativa autonómica a la nueva ordenación nacional del sistema de Formación Profesional. La regulación pretende facilitar la colaboración del sector productivo con los centros educativos madrileños y concretar las condiciones en las que podrán intervenir sus profesionales.

Los especialistas podrán proceder directamente de empresas o contar con un perfil profesional sénior. En ambos casos, su aportación deberá estar relacionada con una experiencia laboral y unos conocimientos específicos que resulten útiles para el módulo o la especialidad que vayan a impartir.

La participación en los grados D y E

La colaboración se centrará en las enseñanzas de Grado D y E. El Grado D comprende los ciclos formativos de grado básico, medio y superior, mientras que el Grado E corresponde a los cursos de especialización de grado medio y de grado superior.

De esta forma, los profesionales podrán participar en diferentes niveles de la FP madrileña, aunque siempre en materias relacionadas con su trayectoria. La incorporación de estos expertos busca que los estudiantes conozcan de manera directa procesos propios de las empresas y completen el aprendizaje desarrollado en el centro educativo.

El decreto establece las condiciones de autorización y contratación para los centros públicos, concertados y privados. La participación de estos especialistas no se plantea con carácter general para cualquier asignatura, sino en aquellos casos en los que sean necesarios conocimientos técnicos especializados vinculados a una materia concreta.

También se podrá recurrir a estos profesionales cuando las plazas docentes no hayan podido cubrirse mediante los procedimientos ordinarios. La norma contempla así dos circunstancias: la necesidad de incorporar una experiencia especializada procedente del mercado laboral o la existencia de vacantes docentes sin cubrir por las vías habituales.

Experiencia relacionada con la especialidad

Los aspirantes tendrán que acreditar una trayectoria laboral previa, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena. Esa experiencia deberá guardar relación con la especialidad o con el módulo profesional en el que pretendan desarrollar su actividad docente.

Por tanto, no bastará con proceder de una empresa o disponer de una dilatada carrera profesional. Los candidatos deberán demostrar que sus conocimientos y su experiencia están directamente relacionados con los contenidos que impartirán, de manera que su incorporación responda a las necesidades concretas del módulo correspondiente.

La regulación también permitirá que estos especialistas compatibilicen las clases con su actividad en una empresa o en otro organismo. Para ello, podrán acogerse a una reducción de su jornada en su puesto habitual que les permita desarrollar la labor educativa en un centro de Formación Profesional.

El decreto abre igualmente esta posibilidad a profesionales que se encuentren en situación de jubilación parcial o flexible, siempre que dicho régimen sea compatible con el trabajo docente. De este modo, los centros podrán contar tanto con trabajadores en activo como con profesionales de amplia experiencia que mantengan la posibilidad legal de ejercer esta actividad.

Concurso de méritos y contratos temporales

La selección de los especialistas se llevará a cabo mediante un concurso de méritos, de acuerdo con los procedimientos establecidos en cada convocatoria. La experiencia y la vinculación de la trayectoria profesional con la materia que se vaya a impartir serán, por tanto, elementos necesarios para acceder a estas plazas.

Los contratos tendrán una duración máxima de un curso escolar. La norma delimita así el periodo durante el que estos profesionales podrán prestar sus servicios, sin establecer incorporaciones permanentes y vinculando la contratación a las necesidades recogidas en las correspondientes convocatorias.

Los contratos tendrán una duración máxima de un curso escolar

En cuanto a sus condiciones económicas, los profesionales recibirán una retribución equivalente a la de los funcionarios docentes que impartan el mismo módulo o especialidad. La Comunidad de Madrid establece de esta forma una equiparación de las retribuciones para quienes desarrollen una misma función educativa.

Los profesionales recibirán una retribución equivalente a la de los funcionarios docentes que impartan el mismo módulo o especialidad

El nuevo marco regula, en conjunto, quiénes podrán participar, qué experiencia tendrán que acreditar, en qué enseñanzas podrán impartir clase y cómo se realizará su contratación. La presencia de estos expertos permitirá sumar a la FP madrileña conocimientos del mercado laboral, especialmente en ámbitos que requieren una elevada especialización o en los que no haya sido posible cubrir las plazas mediante los mecanismos ordinarios.

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