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La Justicia de Navarra avala extinguir conciertos públicos por no implantar la educación mixta

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) avala la extinción de los conciertos de 2º a 6º curso de Primaria de los colegios Irabia-Izaba y Miravalles-El Redín por no haber implantado la educación mixta en todos esos cursos de forma inmediata.
EfeViernes, 3 de noviembre de 2023
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La Sala desestima los recursos de ambos centros, que seguirán recibiendo financiación pública gracias a la prórroga que aprobó el Gobierno de Navarra posteriormente a condición de que implanten la educación mixta de forma progresiva en Primaria. En concreto ha desestimado los recursos presentados por los colegios Irabia-Izaga y Miravalles-El Redín contra la resolución del Gobierno Foral que extinguió los conciertos de 2º a 6º de Primaria por no haber implantado la educación mixta en todos esos cursos de forma inmediata. Ambos centros, que implantaron la educación mixta en 1º, plantearon continuar con la educación diferenciada de los cursos existentes hasta el final de las etapas obligatorias.

En la práctica, según explica el TSJN, la desestimación de los recursos no supone, sin embargo, que ambos centros no continúen recibiendo financiación pública, puesto que el propio Gobierno de Navarra prorrogó en 2022 los conciertos educativos con la condición de que, a la finalización del curso 2025-26, en los seis cursos de Primaria el alumnado comparta aulas sin distinción de género. La exclusión de los conciertos a los centros que imparten educación diferenciada está regulada en la disposición adicional 25ª de la Lomloe, un precepto que el Tribunal Constitucional avaló en una sentencia dictada el pasado abril.

La extinción de ayudas no lesiona la libertad de enseñanza

Al respecto, el TSJN cita ahora, en las dos sentencias notificadas este viernes, la doctrina del Constitucional y explica que, según el Tribunal de garantías, la exclusión de las ayudas públicas a los centros que impartan educación diferenciada no lesiona la libertad de enseñanza (art. 27.1 de la Constitución Española). Tampoco, continúa, lesiona el derecho al ideario del centro privado como derivación de la libertad de crear centros docentes (art. 27.6 CE), ni el derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral de sus hijos (art. 27.3 CE –derecho que también recoge el art. 14.3 de la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea–).

“Tales derechos quedan incólumes por la disposición recurrida, que no tiene más alcance que el de no ofrecer ayudas públicas a aquellos centros educativos que opten por un modelo pedagógico que no se corresponde con los valores que el legislador quiere promover”, remarca la Sala. Citando una sentencia del Constitucional de 1985, añade que el derecho a la educación «no comprende el derecho a la gratuidad educativa en cualesquiera centros privados, porque los recursos públicos no han de acudir, incondicionadamente, allá donde vayan las preferencias individuales».

Todos los sindicatos de Educación exigen la retirada del proyecto de OF de jornada escolar

Por otro lado, todos los sindicatos de Educación pública han exigido este viernes en una concentración ante el departamento la retirada del proyecto de Orden Foral de jornada escolar. Steilas, ANPE, Afapna, LAB, CCOO, ELA y UGT han impulsado esta movilización en la que se han exhibido carteles con lemas como «Normativa negociada», Respeto a las unidades educativas» o «No imposición». Allí han solicitado al departamento de Educación que retire este proyecto de Orden Foral que «no tiene en cuenta las decisiones ya tomadas por las comunidades educativas de 162 centros escolares de Navarra y elabore un nuevo texto».

Este texto nuevo, según explican en un comunicado, debe partir del mantenimiento del tipo de jornada actual en cada centro, establecer un procedimiento para su modificación verdaderamente democrático, que atienda a las necesidades concretas de cada caso y ser respaldado con recursos educativos suficientes para cubrir las necesidades materiales y personales, independientemente del tipo de jornada escolar que cada comunidad educativa haya elegido.

Los sindicatos recuerdan que el 20 de enero de 2022 el consejero Carlos Gimeno aseguró que elaboraría una normativa para el curso 23/24 en la que se revisarían «las mayorías cualificadas exigidas hasta ahora para implantar la jornada continua y flexible, así como el criterio de que el resultado de las votaciones de las familias esté vinculado al censo total del centro y no a los votos reales emitidos». El alto porcentaje de votos necesarios para que un cambio de jornada se lleve adelante que requiere el voto a favor de 3/5 partes de la totalidad del profesorado, 2/3 partes del Consejo Escolar y 3/5 partes del censo total del alumnado (no de los votos emitidos) es «una mayoría cualificada que no se solicita en ningún proceso democrático y que supone que la abstención equivale a un voto negativo al cambio de jornada», apuntan los sindicatos.

Por otro lado, indican que, según ha reconocido el departamento, el tipo de jornada que tenga una escuela no afecta al rendimiento académico del alumnado, por lo que pedagógicamente no puede afirmarse que un tipo de jornada sea más apropiada que otra. Por ello no comprenden que se modifique la jornada actual al 84 % de los centros públicos de Educación Infantil y Primaria «volviendo a instaurar la partida en todos, obligando de nuevo a desarrollar todo el proceso a unos centros ya saturados de carga burocrática para mantenerse con la misma organización que han tenido los últimos años».

Añaden que, además, el departamento «aprovecha esta Orden Foral para modificar el horario lectivo de los centros introduciendo por primera vez en nuestra comunidad la posibilidad de que los centros puedan impartir la llamada “sexta hora”, una medida muy controvertida en las comunidades donde se ha implantado y que con el tiempo se ha eliminado, y todo ello sin información sobre su necesidad o conveniencia». Ese aumento de horas lectivas en los centros, según denuncian los sindicatos, se realizará sin un incremento en la dotación de recursos personales ni materiales, por lo que las horas de docencia directa que se impartan con el alumnado serán «en detrimento de las escasas horas de inclusión y apoyo educativo y supondrán un recorte de las condiciones laborales».

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