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El MECD regulará los cursos de formación a distancia

España contará por primera vez con una norma jurídica para homologar a nivel nacional los cursos de formación a distancia para el profesorado. Aunque la norma no obligará a las comunidades autónomas, la regulación pretende beneficiar al profesorado.
Miércoles, 14 de noviembre de 2001
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El lifelong learning o “aprendizaje a lo largo de toda la vida” que propugna Viviane Reading, comisaria de Educación de la UE, incluye, por supuesto, a los docentes. Este lema, un reto lanzado a los cuatro vientos en los países miembros, coincide en España, además, con un tiempo de reformas en el sistema educativo que abarcará y modificará desde algunos aspectos de la etapa de enseñanza Infantil hasta la Universidad, pasando por la Formación Profesional. La formación permanente del profesorado a distancia no se ha librado de los primeros aires de cambio que soplan en el MECD.

Aunque algunas comunidades autónomas ya han regulado este aspecto en el ámbito de su territorio competencial, el MECD, a través del Instituto Superior de Formación del Profesorado (ISFP), en colaboración con el Instituto Nacional de Calidad y Evaluación (INCE), ha iniciado una ronda de conversaciones con las autonomías para garantizar la calidad de los cursos a distancia de formación de profesorado.

Cursos diferentes

La idea surge al detectarse, por parte del MECD, la carencia de una norma de tipo generalista sobre este tema y el ánimo de impulsar y garantizar una mejora en la calidad de los cursos de formación permanente dirigidos específicamente a los docentes.

No obstante, la Resolución que desarrollará la Orden Ministerial de 1992 llegará después de que en algunas comunidades exista una regulación propia sobre cursos de formación permanente para el profesorado, tal como es el caso, por ejemplo, de Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia o Navarra. Incluso en otras, aunque en menor medida, ya están trabajando en algún tipo de normativa referente a algunos aspectos de la formación del profesorado, entre las que se encuentran, Aragón, Asturias, Canarias, Baleares y Castilla-La Mancha.

Según Carmen Moreno, jefa del Servicio de Registro de formación permanente del profesorado, del ISFP, la nueva norma está dirigida fundamentalmente a las asociaciones sin ánimo de lucro que organizan cursos a distancia, ya que “muchos de estos cursos a distancia se estaban tratando como si fueran cursos presenciales, cuando no tienen nada que ver, porque un curso a distancia no se puede evaluar nunca en horas”.

La nueva norma jurídica tratará por tanto de hacer una propuesta de créditos para cada curso concreto, sin tener en cuenta el número de horas previstas para cara uno, ya que al tratarse de cursos no presenciales cada profesor-alumno empleará más o menos tiempo según sus horarios y circunstancias personales del momento

Orientados a la práctica

De momento, los criterios concretos en los que se basarán ISFP e INCE para establecer el número de créditos que asignarán a cada curso aún están por definir, a falta de lograr el consenso definitivo con instituciones y CCAA, aunque a grandes rasgos se puede hablar de valorar, sobre todo, los contenidos del curso, su vinculación con las necesidades de la profesión docente, la metodología propuesta en dicho curso, así como su viabilidad.

Además, según el borrador provisional, tanto el INCE como el ISFP decidirán la asignación de créditos de formación a los cursos respectivos, “teniendo en cuenta la singularidad del cómputo del tiempo de dedicación en la enseñanza a distancia”, es decir, teniendo en cuenta además de los contenidos, la etapa a la que se dedique la actividad, a quien va destinado el curso en concreto y para qué le va a servir luego al docente en su carrera profesional.

“En realidad, lo que se pretende con la formación permanente del profesorado es que se recicle, que adquiera nuevos conocimientos o experiencias para su ejercicio profesional”, comenta Carmen.

Afectados

La nueva regulación afectará de forma esencial por tanto a las instituciones colaboradoras del Ministerio de Educación y Cultura que realicen cursos de formación a distancia, aproximadamente 14, con las que miembros del MECD ya se han reunido con el fin de llegar al máximo consenso posible. Entre ellas se encuentran, por ejemplo, el Colegio de Doctores y Licenciados, la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza (FERE), Santillana, el Instituto de Ciencias de la Educación (ICE) Calasanz, la Fundación ECCA, y los sindicatos CCOO, UGT, ANPE, USO, STE y CSIF.

En cuanto a las posibles reticencias que pudieran plantearse desde las comunidades autónomas, la jefa de servicio afirma que “es un tema bastante consensuado porque, de alguna forma, interesa mucho a todos, en general, que un curso sea reconocido a nivel nacional, ya que beneficia tanto a las administraciones educativas como, y principalmente, a los profesores”. Además, “según el decreto de transferencias educativas las autonomías no tienen porqué acatar lo que el MECD diga en este terreno”, explica Carmen, por lo que no se puede hablar de invasión de competencias en ningún sentido.

Desde el Ministerio de Educación se insiste en que las CCAA no están obligadas a llevar a la práctica la regulación ministerial en este aspecto, pero que desde algunas autonomías se les ha solicitado establecer un modelo que sirva de guía a la hora de desarrollar las regulaciones específicas.

Se trata por tanto de ofrecer una norma marco consensuada entre todos para coordinar lo que aún no se ha regulado en el tema de la formación a distancia de los docentes en un intento de que las autonomías que lo deseen puedan servirse de un punto de referencia para tener una normativa similar a la de otras CCAA, adaptándola a las particularidades de cada una. De hecho, fuentes del MECD hablan de un posible compromiso (verbal) por parte de las consejerías para legislar en el mismo sentido en el que salga esta norma.

No obstante, desde el ISFP son conscientes de las diferencias que existen, ya que, por ejemplo en Navarra, la formación del profesorado no tiene una repercusión económica, ya que no computa a la hora de calcular los sexenios, mientras que sí lo hace en el resto de autonomías. Pero además, según la legislación andaluza, el sexenio es con 60 créditos y no con 100 créditos, como ocurre en la mayoría de CCAA y, sin embargo, no se reconocen las actividades de formación realizadas en el extranjero.

Sólo beneficios

De alcanzarse finalmente el acuerdo entre las 17 comunidades se daría un paso más sobre los actuales acuerdos de mutuo reconocimiento, por el que una comunidad sólo reconoce las actividades de otra siempre que esté de acuerdo con su legislación, pero no directamente. “Lo que se pretende es no perjudicar nunca al profesor y, por tanto, lograr que si nosotros la hemos reconocido, fruto de este acuerdo consensuado entre todos, se reconozca directamente en cualquier otra Comunidad”, afirma Carmen.

Por otro lado, desde CCOO, Concha Boyer afirma que “esta norma, si bien es positiva de modo general, implica también unos procedimientos de gestión muy complicados, muy pocos ágiles y es muy restrictiva para el profesorado en muchos aspectos, ya que los docentes, por ejemplo, no podrán realizar dos actividades de formación a distancia simultáneamente organizadas por la misma asociación”. Según Boyer “el MECD tiene previsto luego legislar también sobre los cursos de formación del profesorado con carácter presencial”. Ya se sabe. Es tiempo de cambios.

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