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El Alto Tribunal obliga a Marta Cid a concertar por cuatro años más

La Justicia ha dado la espalda a Marta Cid, consejera de Educación catalana, que pretendía prorrogar por un año los conciertos en vez de por cuatro como exige la legalidad vigente.
Martes, 15 de marzo de 2005
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Autor: Marta SERRANO

Basándose en la LOE –ley que no está en vigor y ni siquiera ha sido aún aprobada–, la Consejería de Educación de la Generalitat aprobó el pasado 30 de diciembre una resolución que prorrogaba por un año los conciertos educativos. La medida afectaba a casi medio millón de alumnos, por lo que, de haber seguido adelante, dejaría en un año a muchas familias sin poder decidir donde iban sus hijos al quedarse el centro que hubieran escogido este curso sin concierto educativo.

En Cataluña prácticamente el 100% de los centros de titularidad privada son concertados, por lo que patronales y padres denunciaron de inmediato una ilegalidad que les parecía flagrante.

Su exigencia era una prórroga de los conciertos educativos por cuatro años más, como exige la ley vigente. Una petición que fue avalada por un recurso contencioso administrativo interpuesto por Fapel (Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Escuelas Libres) contra la Resolución de la Generalitat.

Cuatro años más

Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dado la razón a los padres al suspender cautelarmente dicha resolución, lo que ha hecho que la consejera Marta Cid anunciara que los centros tienen asegurados los conciertos cuatro años más. La Consejería no recurrirá el Auto del Alto Tribunal catalán, ya que como adelantó en exclusiva a MAGISTERIO el presidente de Fapel, Antoni Arasanz: “Uno de los asesores directos de Marta Cid me ha llamado para decirme que se concertarán por cuatro años más los mismos centros que ahora estaban concertados”.

A propósito de la sentencia, Manuel Silva, abogado y vicepresidente de Escuela Cristiana de Cataluña, explica que “el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no podía hacer otra cosa que dejar en punto muerto la resolución de la consejera de Educación por tres motivos principalmente que coinciden con los argumentos que presentó Fapel en su recurso”. En principio porque los conciertos educativos tienen una normativa propia a la que acogerse. También porque la Resolución que pretendía sacar adelante la consejera para ganar tiempo se refería a un proyecto de Ley aún no aprobado.

Y en tercer lugar porque la prórroga se supone concedida a no ser que se deniegue para evitar perjuicios. En este caso concreto, no podría denegarse a no ser que se entendieran los perjuicios sólo desde el aspecto económico.

Concesión implícita

La medida, no obstante, puede ser una concesión implícita de Marta Cid para conseguir su verdadero objetivo, que es avanzar en la negociación del Pacto Nacional de Educación de Catalunya que a día de hoy rechaza tanto la patronal educativa catalana como los sindicatos y que serviría de base para aprobar la futura Ley catalana de Educación.

Para la consejera catalana, salvado este escollo poder conseguir la firma de las patronales en el Pacto Nacional de Cataluña –anunciado para el pasado mes de febrero– sería el único punto favorable de tener que renovar los conciertos.

La consejera, que tenía que tomar la decisión antes del 20 de marzo, no recurrirá la sentencia del TSJC, por lo que el proceso de preinscripción y de admisión de alumnos en los centros para el 5006-07 tiene vía libre.

Trampa legal

La intención del Departament d´Ensenyament de Catalunya era prorrogar un año el concierto educativo amparándose en la Ley Orgánica de Educación (LOE), lo que suponía una trampa ya que esta norma jurídica aún no ha sido aprobada por el Parlamento y por tanto, no está en vigor ni se espera que entre por lo menos en el plazo de un mes a partir de la fecha actual.

Sin embargo, aunque no es adecuado legislar en base a una Ley que no está aprobada ni desarrollada, la consejera pretendía ganar tiempo para preparar, durante ese año de prórroga de los conciertos, la normativa en su territorio de gestión que permitiera suprimir al menos los conciertos de ciertos centros como los que ofertan una Educación diferenciada. Además la consejera tiene pensado elaborar una Ley Catalana de Educación.

Antoni Arasanz, presidente de Fapel: “El auto da la razón a Fapel y defiende a todos los padres frente a al abuso”

A pesar de los argumentos de la Consejera Marta Cid, el presidente de la Confederación de APAS Fapel, Antoni Arasanz explicó a MAGISTERIO que “el magistrado ha dado la razón a Fapel y defiende a todos los padres frente al abuso”.

Para Arasanz con esta decisión judicial “entra en punto muerto la intención de Marta Cid sobre los conciertos y deja vigente el actual Decreto sobre conciertos”. Así, la consejera tiene hasta el próximo 20 de marzo –fecha en que comienza en Cataluña el proceso de admisión de alumnos– para anunciar la renovación de los conciertos que según la legislación vigente se produciría por cuatro años.

El presidente de Fapel asegura que “no se trata de conciertos nuevos sino de renovar los que ya existen y que dan servicio a 420.000 alumnos de 1.400 centros, prácticamente todos los centros privados que hay en Cataluña”.

Isabel Bazo, presidenta de CECE: “La resolución judicial demuestra que con los derechos no se juega”

La presidenta de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) mostró su satisfacción por la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de suspender la prórroga de un año de los conciertos educativos en esa Comunidad Autónoma. A pesar de que se prevé que esta resolución sea recurrida por la Generalitat, Bazo insiste en que “ahora la normativa de conciertos obliga a concertar por cuatro años más y esto supone que la resolución judicial demuestra que con los derechos y deberes de los ciudadanos no se juega”.

Sin esta resolución, según Bazo, “se hubiese permitido a la Administración educativa catalana renovar los conciertos el año que viene con la LOE ya aprobada y en vigor por lo que era de prever que la revisión y aprobación de conciertos tuviera variables diferentes a los actuales”. 

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