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Andalucía ´marca´ a los interinos para garantizar un reparto en los tribunales

Miércoles, 20 de junio de 2007
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La Consejería de Educación de Andalucía ha ‘marcado’ a los aspirantes para las oposiciones docentes de este mes a la hora de asignarles el número identificador. Según el código asignado, se puede saber si el opositor es de turno libre, interino o interino incluido en el Pacto de Estabilidad. De este modo, después del código de la provincia, los ‘00’ son no interinos, los ‘10’ son interinos incluidos en el Pacto y los ‘20’, el resto de interinos, tengan o no informe.
Sin embargo, diferentes fuentes consultadas por MAGISTERIO han rechazado que esta medida vaya dirigida a que los tribunales ‘conozcan’ si durante la corrección del ejercicio escrito si el opositor es interino o no. Desde ANPE Andalucía se apunta que el ejercicio escrito se reconoce por un código de barras que también se pega en el sobre cerrado en el que se indican los datos personales del opositor. Pero no hay ninguna referencia al código citado. Ya en la parte oral, el tribunal, si el opositor queda exento por el informe, conoce obviamente si es interino.
La razón de esta numeración hay que buscarla en el reparto de aspirantes por tribunal. Si la numeración hubiera sido correlativa y por orden de solicitud, podría haberse dado el caso que en un tribunal hubiera mayoría de interinos y, en cambio, en otro, sólo opositarán aspirantes del turno libre. Así, el porcentaje de aprobados de uno y otro colectivo sería arbitrario y las posibilidades de aprobar dependerían mucho de este reparto. Así, la Consejería ha adscrito a cada tribunal de selección un grupo de cada uno de estos tres colectivos, lo que supone un reparto homogéneo.
Pepe Fernández (FE-CCOO) apunta que la Consejería “se ha equivocado” al identificar así a los opositores. Eso sí, ha rechazado que a la hora de los ejercicios suponga algún tipo de ventaja añadida, ya que el código, una vez la adscripción a un tribunal, deja de utilizarse. Lo cierto es que esta medida incide en matizar, corregir y reconducir los criterios constitucionales de capacidad, mérito y competencia que rigen las oposiciones.

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