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Tres meses de cárcel para los padres de una menor por absentismo escolar

En noviembre de 2002 se informó a los padres de la menor en una entrevista realizada con la trabajadora social de las consecuencias penales derivadas del incumplimiento de su deber de ocuparse de regularizar al asistencia de su hija al centro educativo.
MagisnetViernes, 9 de diciembre de 2011
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Los Juzgados de lo Penal de Cádiz han condenado a tres meses de cárcel a los padres de una menor de Chiclana de la Frontera (Cádiz) que mantuvo durante cuatro años una conducta absentista.

La delegada de Educación, María Eugenia Fernández, ha informado en un comunicado de esta sentencia y ha resaltado su carácter "reincidente", ya que este proceso se inició durante el curso 2002-03 a raíz de la derivación del protocolo desde el centro educativo de primaria cuando detectaron la continua falta de asistencia de la menor en cuestión sin ningún tipo de justificación.

Los padres de la menor han sido condenados a tres meses de prisión con inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, aunque no irán a la cárcel siempre y cuando no vuelvan a delinquir durante estos tres meses.

María Eugenia Fernández ha explicado que los hechos se remontan a noviembre de 2002, cuando se informó a los padres de la menor en una entrevista realizada con la trabajadora social de las consecuencias penales derivadas del incumplimiento de su deber de ocuparse de regularizar al asistencia de su hija al centro educativo.

Según Fernández, "éstos mostraron un total desinterés por la educación y la asistencia regular al centro educativo de su hija, no haciendo nada por remediar dicha situación y no acudiendo incluso a las entrevistas que por parte del centro les indicaban".

Si bien los meses de enero y febrero de 2003, correspondientes al curso 2002-03, la menor regularizó dicha asistencia, en marzo de 2003 el centro escolar informó de la vuelta a la conducta absentista, pues presentó faltas no debidamente justificadas por sus progenitores.

Esta conducta continuó durante el curso 2003/04 contando la menor con tan sólo 13 años y se agravó en el curso 2004-05, ya que sus padres ni tan siquiera llegaron a matricularla en el instituto correspondiente.

A raíz de esta situación, desde la Delegación municipal de Educación se contactó con los institutos donde la menor debía haber sido matriculada sin que constara de alta en ninguno de los mismos.

Por ello, en junio de 2005 se presentó un informe y un atestado policial en la Fiscalía de Protección al Menor, resolviéndose éste con la denuncia al Juzgado de Chiclana del caso por parte de dicha Fiscalía en agosto de ese mismo año.

Fernández, ha afirmado que "el absentismo que presentaba la menor fue considerado como muy grave, según se establece en el procedimiento que regula la intervención en estos casos, siendo imposible conseguir que los padres de la menor se ocupasen de regularizar la asistencia a clases de la misma".

Esta sentencia se convierte en la décima que un órgano judicial emite como consecuencia de conductas absentistas por progenitores de menores empadronados en la localidad.

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