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El TSJA falla contra una alumna que pedía indemnización por el Plan Bolonia

MagisnetMartes, 20 de marzo de 2012
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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación contra un auto de un juzgado de Oviedo realizado por una estudiante de Enfermería que pedía una indemnización porque la implantación del Plan Bolonia le obligaba a prolongar sus estudios. En una sentencia cuyos fundamentos de derecho ha dado a conocer el TSJA se desestima el recurso contra un auto que señalaba que era de imposible ejecución material una sentencia anterior que imponía una indemnización de 7.277 euros que tenía que abonar la Universidad de Oviedo.

El TSJA considera "poco verosímil" que una empresa en el actual contexto del mercado laboral estuviera esperando a que la alumna terminase sus estudios para contratarla, como ella alegaba para reclamar 33.600 euros de indemnización. Asimismo, el TSJA, que aparte de denegar ésta y otras indemnizaciones también impone a la estudiante el pago de las costas, indica que esa oferta de trabajo, aunque se aportara una certificación, se basaba en supuestos "meramente hipotéticos". Así, el Tribunal Superior no considera que pueda haber un perjuicio indemnizable cuando no se sabe si la estudiante habría superado año por año todos los cursos de los estudios, fuera Enfermería una diplomatura o un grado, como pasa a ser con el Plan Bolonia.

Según el Tribunal, el recurso de apelación se ciñe exclusivamente a discrepar de la cuantía indemnizatoria señalada en el auto apelado por entender que no alcanza a reparar de forma integral el daño causado. El auto estimaba que por el concepto de "gastos procesales" le correspondían a la apelante 2.360 euros por los honorarios del letrado, excluyendo los generados por la intervención no preceptiva del procurador, algo que ratifica el TSJA.

Tampoco atiende a las peticiones de la estudiante de aumentos de indemnización por gastos de matrícula, por manutención para desayunos o por necesidades de locomoción, entre otros, por falta de documentación en unos casos o por no estar ligados a que deba continuar con los estudios de grado en otros. La apelante aducía que eran gastos adicionales por los dos años "extra" de carrera que tenía que cursar como consecuencia de la negativa a que continuara sus estudios por el Plan de 2001.

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