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La mejora de la Educación, en manos de los directores y de las evaluaciones

MagisnetMartes, 25 de septiembre de 2012
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Nunca se pretendió tanto con tan poco. La reforma educativa del Gobierno del PP lleva el sello pragmático de su ministro: unos cambios por aquí y por allá a la ley vigente, y suficiente para generar un vuelco. Al menos, ésa es la aspiración. La típica ambición política de dejar huella ideológica con una nueva ley ha cedido terreno a la reforma técnica, la de aquellos engranajes que el tiempo ha demostrado ineficaces. Pero son mecanismos tan encastrados –incluso enquistados– en nuestra enseñanza desde hace décadas, que removerlos sí puede conllevar un cambio de paradigma.

Así, los pilares de este giro, según el borrador del Anteproyecto de Ley al que ha tenido acceso MAGISTERIO, son las numerosas evaluaciones censales –algunas con carácter de reválida y todas ellas para dar a conocer por centros–, la profesionalización de los directores, su plena responsabilidad sobre el centro y, en virtud de esa capacidad, el impulso de proyectos educativos propios.

Políticamente, lo más llamativo es la recuperación de terreno en la configuración de las asignaturas (el 75% lo definirá el Gobierno, frente al 65% actual, y el 65% en las comunidades bilingües, frente al 55% actual). Educación lo ha justificado en la necesidad de reducir la disparidad de enseñanzas y resultados por la que nuestro país destaca tristemente en las evaluaciones internacionales y por la que, según el Ministerio, ya hemos recibido una llamada de atención en la UE.

La reducción del número de materias y el adelanto de la elección de ramas de conocimiento por parte del alumno son otras medidas, cuyos efectos beneficiosos o perniciosos son menos susceptibles de destacar en el corto plazo.

Aunque el Gobierno lo niegue, es una reforma legal que le viene como anillo al dedo a la maltrecha economía española, ya que simplifica el despliegue de vías y materias instaurado en la enseñanza y, por tanto, los recursos humanos y materiales necesarios.

Por un lado, el borrador del Gobierno fija de manera precisa las materias de cada curso de la ESO, incluidas las optativas y las de modalidad, sin flexibilidad alguna para que las administraciones autonómicas incorporen otras a voluntad. Nada de dar libertad para meter una asignatura en un curso u otro, como ocurría como Educación para la Ciudadanía, por ejemplo.

En cambio, en Bachillerato la flexibilidad de gestión que se introduce es revolucionaria. El Gobierno establece la posibilidad de “limitar la elección de materias y vías por parte de los alumnos cuando haya un número insuficiente de los mismos”. En previsión de ello, añade, “cuando la oferta de materias o vías en un centro queda limitada por razones organizativas, las Administraciones educativas facilitarán que los alumnos puedan cursar alguna materia o vía en otros centros o a distancia”.

A nadie se le escapa el balón de oxígeno que proporciona a los colegios privados tanto esto último como la reducción de materias.

Es más, la nueva ley permite la especialización de centros por modalidades de Bachillerato. Ya no será obligatorio que todos los institutos den de todo. Esto, además de facilitar la supervivencia a los concertados, también alivia a las administraciones, que podrán abrir o cerrar modalidades de Bachillerato en función de la demanda del alumnado.

Aunque la motivación explícita que refleja el texto del Ministerio es el “fomento de la calidad”. Y en virtud de ella, la ley también autoriza la “especialización curricular” para todos los centros en general dentro de su “proyecto educativo”.
“El proyecto educativo de calidad podrá suponer la especialización de los centros en los ámbitos curricular, funcional o por tipología del alumnado, y podrá comprender, entre otras, actuaciones tendentes a la excelencia, a la formación docente, a la mejora del rendimiento escolar, a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo, o a la aportación de recursos didácticos a plataformas digitales compartidas”.

Es decir, que un centro podrá centrar su atención en la excelencia y dejar a los alumnos con necesidades especiales para otro que quiera especializarse en ellos, lo que entraña sus riesgos, traerá sus polémicas y complicará la planificación educativa de las administraciones autonómicas.

La determinación del proyecto educativo y, en su caso, la especialización curricular, además, correrán a cargo de una sola persona: el director. El borrador del Gobierno otorga a su figura un poder absoluto sobre los designios del colegio o del instituto.

La potenciación de la autonomía escolar es, sin duda, a través de la función directiva. Por ejemplo, el director podrá decidir el tipo de profesorado de su centro en función del proyecto que tenga. Podrá: “Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario, así como para ocupación de puestos de interinidad”, “rechazar personal procedente de las listas centralizadas”y hasta “proponer el nombramiento de profesores” que justifique que son necesarios para su proyecto educativo.

Y si el director gana poder, alguien tiene que perderlo: el Consejo Escolar y, por ende, los miembros que lo integran. Esta entidad pasará a tener una función sólo “consultiva”.

Así, perderá la capacidad de decisión vigente sobre normas, proyectos y programaciones, para pasar simplemente a “evaluarlos”, así como sobre la admisión de alumnos. Todo ello será responsabilidad única del direcrtor, a quien el anteproyecto atribuye, además, la capacidad de “aprobar la obtención de recursos complementarios”.

A cambio, el director, para serlo, tendrá más difícil llegar al puesto. Aparte de los correspondientes concursos de méritos, tendrá que haber superado un “curso selectivo sobre el desarrollo de la función directiva”, que será impartido por el Ministerio o por el organismo que determinen las comunidades autónomas.

Educación justifica la pérdida de peso del Consejo Escolar en la necesidad de reducir la endogamia de los centros; por ello, también limita su participación en la selección del director. De la comisión designada para ello, sólo un 30% de sus miembros serán representantes del centro y, al menos, la mitad de ellos serán profesores.

La autonomía de los directores en la gestión de sus centros y en la determinación de proyectos educativos se verá impulsada, inevitablemente, por la competitividad que la futura ley introducirá en el sistema. Así, el Ministerio tiene intención de hacer públicos, por centros, los resultados de todas y cada una de las evaluaciones al alumnado que se hagan: tanto las de diagnóstico (en 3º de Primaria y de ESO), como las de final de etapa. Pero el borrador de la ley deja pendiente la regulación de dicaa publicación.

Por otro lado, el Ministerio se compromete a elaborar un Sistema Estatal de Indicadores, comunes a todos los centros educativos de España, y a publicar los resultados que obtenga cada uno de ellos. Con la misma intención de encontrar una manera homogénea de medir los 17 sistemas educativos autonómicos, la Conferencia Sectorial “velará para que las evaluaciones de diagnóstico se realicen con criterios de homogeneidad”. Por su parte, el Gobierno se reserva la potestad de fijar, para toda España, los criterios de evaluación y las características generales de las pruebas de final de ciclo.

Así las cosas, las suspicacias nacionalistas que han surgido sobre una supuesta pretensión de homogeneizar la Educación en todo el Estado eran previsibles. CiU ha acusado al Gobierno de quitar competencias a las autonomías. El ministro Wert ha dejado claro que lo que hay que homogeneizar no es la enseñanza, sino los parámetros para evaluarla.

Pese a no crear una nueva ley, los avalistas de la norma vigente aprecian sesgos ideológicos contra la equidad un riesgo de que los colegios públicos se conviertan en empresas.

¿Y los suspensos?

  • El borrador del Anteproyecto cerrado por el Ministerio a principios de este mes mantiene la posibilidad de promocionar con dos suspensos en la ESO, y excepcionalmente con tres “cuando el equipo docente considere que tiene expectativas favorables de recuperación”, igual que en la LOE.
  • Fuentes del Ministerio aseguran que esto no se mantendrá así y que se endurecerán los criterios para pasar al curso siguente. Entre las opciones estudiadas está la de hacer desaparecer la excepción de los tres suspensos fijada en la LOE. Es decir, que se permitirían sólo dos y, con tres, el alumno tendría que repetir.
  • Al final de la ESO, se permite un máximo de dos suspensos para poder presentarse a la Evaluación final conducente al título (reválida). Educación cree que superar la prueba implica revocar esos suspensos.
  • En Bachillerato y FP, el borrador tampoco fija el número de suspensos permitidos para promocionar, pero sí establece que se podrá repetir cada curso hasta en dos ocasiones “previo informe favorable del equipo docente”. La LOE sólo admite una repetición por curso.
  • En Primaria, el Gobierno contempla la repetición de curso al finalizar 3º, como medida excepcional acordada por el equipo docente, cuando el alumno no supere la evaluación de competencias básicas.

La FP arranca en mitad de la ESO con el cambio de los PCPI
La nueva arquitectura del sistema conllevará el adelanto, en un año, de la entrada en los PCPI. Para empezar, pasan a llamarse FP Básica, dándose por hecho que la tendencia natural es que su alumnado vaya a Formación Profesional y no a Bachillerato. De hecho, según el borrador del Anteproyecto, “la FP comprende los ciclos de FP Básica, de Grado Medio y de Grado Superior”.

Educación establece la posibilidad de incorporarse a ‘FPB’ después de cursar 3º de ESO sin haber alcanzado los resultados que permitan promocionar a 4º. Pero también permite el acceso tras 2º de ESO, siempre que se tengan 15 años y que, obviamente, se haya repetido al menos un curso.

Pese a la salida del cauce general de la ESO, la FPB debe garantizar “la adquisición de competencias básicas propias de la Secundaria Obligatoria.

Estos estudios,de dos años, conducen a un título de Técnico Profesional Básico, necesario para acceder a FP de Grado Medio junto a una prueba específica de admisión.

Otra vía que se abre en la ESO es la de los Programas de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento, lo que hoy es Diversificación Curricular a partir de 3º. Se podrá entrar después de cursar 1º, si se ha repetido algún curso y no se está en condiciones de promocionar; o después de 2º, si no se es apto para 3º. Según el borrador, estos programas deben dejar al alumno listo para cursar el mismo 4º de la ESO que los demás compañeros.

Baile de profesores durante cinco años
La entrada en vigor de la reforma legal, cuyos mandatos deberán aplicarse en el curso siguiente a la publicación en el BOE, traerá consigo un baile de vías, modalidades y asignaturas entre los centros y dentro de los mismos que hará inevitable un desajuste inicial del profesorado en la misma medida y la necesaria redistribución de los docentes. Así lo prevé el borrador del Anteproyecto de ley.

En este sentido, da un margen de cinco años a las administraciones para poder hacer bailar al profesorado en función de la música que vaya sonando, es decir, de cómo se vayan adaptando los centros a la nueva oferta educativa.

Así, el texto dice: “El Gobierno establecerá las condiciones y los requisitos de titulación, formación o experiencia para que, durante los cinco años siguientes a la fecha de entrada en vigor, las administraciones educativas, por necesidades de servicio o funcionales, puedan asignar el desempeño de funciones en una etapa o enseñanzas distintas de las asignadas a su cuerpo con carácter general, al personal funcionario perteneciente a alguno de los cuerpos docentes”. Además, “se podrá trasladar al personal funcionario a centros distintos al de su destino”, reconociendo el “derecho a indemnizaciones” en los traslados forzosos.

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