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Los profesores navarros podrán confiscar los móviles a sus alumnos

El Departamento de Educación está tramitando una incorporación a la normativa que regula la convivencia en los centros educativos públicos y concertados de Navarra, el Decreto Foral 47/2010. Según ésta, los profesores podrán confiscar el móvil u otros dispositivos electrónicos a los alumnos cuando, de su uso, se deriven distracciones en clase o daños a terceros.
Pilar RuzMartes, 6 de mayo de 2014
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El Departamento de Educación está tramitando una incorporación a la normativa que regula la convivencia en los centros educativos públicos y concertados de Navarra, el Decreto Foral 47/2010. Según ésta, los profesores podrán confiscar el móvil u otros dispositivos electrónicos a los alumnos cuando, de su uso, se deriven distracciones en clase o daños a terceros.

Además, se insta a los colegios a que incluyan en sus respectivos planes de convivencia un protocolo de uso de las TIC en el que se especifiquen las normas para su uso seguro. Con esta medida, se quieren evitar situaciones como la grabación y la difusión de las clases para fines no autorizados, así como cualquier escena relacionada con la vida privada de las personas.

Los docentes podrán retener los equipos hasta el final de la clase o hasta que los padres vayan a recogerlos, cuando se trate de un problema serio o sea necesario fijar pautas y límites al alumno. Por su parte, los técnicos del Departamento de Educación han explicado a los equipos directivos de los centros estas novedades.

La normativa, aprobada en 2010, propone un modelo de atención integral e incide en la prevención y el diálogo para crear un clima de relaciones positivas. Además, hace hincapié en la implicación de toda la comunidad educativa, particularmente de las familias. En este sentido, entre las incorporaciones hay una medida que obligará a los padres de los alumnos que hagan bullying a suscribir un documento con compromisos concretos para reconducir la conducta de su hijo.

Si, de aprobarse esta medida, los familiares se negasen a redactar el documento, el centro pondrá en conocimiento de los Servicios Sociales el asunto para comprobar si se están incumpliendo los deberes de protección marcados por las leyes de menores.Otra de las incorporaciones fomenta la inserción, en los planes de convivencia de los centros, de medidas que favorezcan la convivencia entre el alumnado de distintos modelos lingüísticos.

Modelo integral
El decreto que regula la convivencia en los centros navarros propone un modelo integral con medidas de carácter educativo. Frente a éste están el modelo reactivo, que espera a que surja el conflicto y después aplica la norma, y el punitivo, que es disuasorio, al establecer normas claras y predecibles, pero no educa.

El modelo fijado por Educación establece que todos los centros deben elaborar su propio plan de convivencia con medidas preventivas y acciones para resolver problemas de disciplina, encaminadas a crear un clima positivo. Además, deben tener carácter educatvo, independientemente del tipo de conducta producida contraria a la convivencia.

Entre las medidas están la mediación, la resolución dialogada de los conflictos o la potenciación de la acción de tutoría, entre otras. Por otro lado, existe un procedimiento acordado, diferente al ordinario, que establece castigos más leves para los alumnos que reconozcan los hechos, se disculpen y subscriban un documento de compromisos de convivencia para que en el futuro no se repita la conducta.

El objetivo es lograr la inmediatez en la corrección de las faltas de disciplina, así como agilizar y abreviar los procedimientos y actuar ante conductas menos graves para que no crezca su importancia.

Dentro de las faltas fijadas en el Decreto 47/2010 son conductas contrarias a la convivencia las faltas injustificadas a clase, copiar o dejar copiar en los exámenes, fumar y beber alcohol en el recinto escolar o faltar el respeto a los docentes. Además, son conductas gravemente perjudiciales insultar, amenazar o acosar a terceros, la grabación o difusión de las clases para fines no autorizados o el deterioro grave de las instalaciones o materiales, entre otras.

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