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El TC anula los artículos de la Lomce que garantizaban enseñanza en castellano pero avala las evaluaciones

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente, por unanimidad, el recurso de la Generalitat contra la Lomce, en concreto en lo previsto para garantizar la enseñanza en castellano, por invadir competencias autonómicas. En cambio, avala las evaluaciones de ESO y Bachillerato.
RedacciónMiércoles, 21 de febrero de 2018
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La sentencia considera que el sistema diseñado por la ley para garantizar la enseñanza en castellano sostenida con fondos públicos no respeta el reparto de competencias entre el Estado y la comunidad autónoma.

ERC y el PDeCAT han aplaudido la decisión del Tribunal Constitucional (TC). En declaraciones a los periodistas en el Congreso, el portavoz parlamentario de ERC Joan Tardà ha asegurado que la medida que aprobó entonces el Gobierno «no se ajusta al sentir mayoritario de la ciudadanía catalana». «Le crecen los enanos al Gobierno, ya está bien que de vez en cuando sufran un poquito», ha afirmado Tardà.

Por su parte, el portavoz del PDeCAT en la Cámara baja, Carles Campuzano, ha celebrado «el sentido común» del TC porque, según ha dicho, «la Lomce invadía competencias y configuraba un sistema extraño ajeno al sistema educativo catalán». «Con esta sentencia es muy evidente que el Gobierno tiene menos legitimidad para intentar romper la inmersión lingüística en Cataluña, que es un éxito», ha destacado Campuzano, quien ha defendido que el sistema catalán garantiza que todos los niños, al terminar la Educación obligatoria, sepan las dos lenguas. El diputado del PDeCAT ha calificado la inmersión lingüística de «tesoro de la sociedad catalana» y ha esperado que el PP y Ciudadanos acaben con la idea de poner fin a este modelo.

La portavoz de Educación de Ciudadanos en el Congreso, Marta Martín, ha tachado de medida de «perdedores» la política que ha anulado el Tribunal Constitucional (TC). Unos 6.000 euros es lo que cuesta al año una plaza escolar en un colegio público y es la cantidad que el Ministerio de Educación tenía que adelantar –luego se lo descontaba a la Generalitat de Cataluña– a aquellas familias que tuvieran que llevar a su hijo a un colegio público o concertado distinto al que les correspondía, porque en el suyo no se garantizaba el castellano como lengua vehicular de la enseñanza. Ciudadanos ha insistido en decir: «no queremos políticas de perdedores en ningún territorio y por ninguna cuestión lingüística».

Marta Martín ha abogado por una política que garantice el trilingüismo sin excluir a los niños de una escolarización regular y sin tener que sacarlos de su centro educativo porque no pueda estudiar el 25% de su Educación en castellano. «Me parece que es una política más bien del apartheid», ha recalcado Martín, que ha rechazado que se señale a los alumnos que están reivindicando un derecho reconocido por sentencias del TS (falló que la proporción razonable de castellano en las escuelas de comunidades con lengua cooficial era el 25%).

«Lo que hay que hacer –ha dicho Martín– es una política equitativa de igualdad, de garantías de derechos» y que «realmente» se cumpla la sentencia del TS y se permita que los niños en Cataluña puedan estudiar un 25% en castellano y un 25% en catalán y un 25% en inglés.

Por su parte, el líder de Ciudadanos, Albert Rivera, ha dicho tras la reunión de su grupo parlamentario que su formación «no apoyará un pacto educativo que no garantice» el castellano como lengua vehciular en toda España.

El TC avala las evaluaciones
Por otra parte, el Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la competencia del Ministerio de Educación para regular las pruebas de evaluación finales de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato, unas pruebas que ahora no son necesarias para lograr el título correspondiente hasta que se logre un pacto educativo.

El alto tribunal recuerda que es conforme a la Constitución que Educación se atribuya la competencia de las pruebas finales de ESO y Bachillerato, cuya superación es necesaria para la obtención de los títulos académicos. Se trata de la competencia de Educación para regular las «condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales», han recordado los magistrados. No obstante, también reconocen que este punto de la Lomce –norma recurrida por los gobiernos andaluz, vasco, canario, asturiano y catalán, por el PSOE y el Parlament de Cataluña– se ha suspendido «hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación».

Enseñanzas mínimas
Asimismo, el TC ha avalado otra de las partes impugnadas de la Lomce, la referida a la nueva configuración de la estructura de las asignaturas. Según los recurrentes, el diseño contenido en la ley estatal limita la capacidad de las comunidades de complementar los contenidos básicos, pues ahora es compartida con los centros docentes. El tribunal recuerda que corresponde al Estado fijar las llamadas «enseñanzas mínimas», que la Lomce denomina «aspectos básicos del currículo».
Tanto antes como después de la entrada en vigor de la Lomce, las administraciones autonómicas pueden completar ese currículo básico con «enseñanzas específicas que respondan a su particularidad dentro del Estado autonómico».

Por último, la resolución declara constitucional que el Estado pueda establecer mediante reglamento los criterios de admisión a los ciclos de Grado Medio y Superior de Formación Profesional cuando el número de plazas ofertadas sea inferior a la demanda. El objetivo es evitar criterios arbitrarios de admisión y es «constitucionalmente admisible la colaboración reglamentaria», añaden los magistrados.

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