Una escuela de Badalona, condenada a indemnizar con 12.000 euros a una víctima de acoso

Una jueza ha condenado a la Institució Cultural Laietana de Badalona (Barcelona) a indemnizar con 12.000 euros a una alumna por las humillaciones, vejaciones y agresiones con balonazos que sufrió durante más de un año, ante lo que el centro actuó con "actitud negacionista" y "falta de diligencia".
EfeLunes, 26 de enero de 2026
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En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la titular de tribunal de instancia civil número 6 de Badalona condena al colegio como responsable civil directo y le ordena indemnizar a la víctima con 12.000 euros, la cifra que pidió la víctima. La jueza admite que estos 12.000 euros suponen una cantidad «incluso moderada» a la vista de que tuvo que «soportar humillaciones y vejaciones» durante más de un año, hasta que, para salvaguardar su salud mental, faltó al colegio.

La magistrada remarca en su sentencia, que se puede recurrir, que la chica sufrió una dinámica sostenida de hostigamiento, vejaciones y humillaciones continuadas –le decían «anoréxica» y «marginada»–, también a través de las redes sociales, y que derivaron incluso en agresiones físicas, con balonazos en la cabeza. Por su parte, la escuela negó en el juicio su responsabilidad, alegando que el primer incidente –el 5 de febrero de 2021– ocurrió fuera del centro escolar, que la niña es de complexión delgada y que los padres no informaron al centro de su dolencia de anorexia.

En su sentencia, la jueza da la razón a la menor y pone de relieve la «actitud negacionista y falta de diligencia del colegio», ya que llegó incluso a negarse a realizar un informe relativo al acoso escolar que sufría la menor y que le estaba provocando la pérdida notable de peso. «Pues bien, iniciada la dinámica vejatoria en febrero y teniendo conocimiento los educadores no es hasta el mes de julio cuando la inspectora indica que están estudiando la situación, véase que la niña lleva 6 meses soportando una situación inaceptable», remarca la jueza.

«Si ello no fuera suficiente, en el curso siguiente, sin haber cesado el acoso durante las vacaciones de verano, la niña debe someterse a clases de educación física junto a su acosadora y sigue el centro sin tomar medidas hasta el punto de negarse a informar al profesor de educación física indicando a los padres que sean ellos los que informen al profesor, nuevamente la respuesta es inaceptable», insiste la magistrada. Para la jueza, la «inacción del colegio» lleva a que la menor ya no reciba solo agresiones verbales, sino que «se pasa directamente a las agresiones físicas a través de balonazos en la cabeza».

«Los hechos son tan graves que, a pesar de lo que está ocurriendo, llegado el mes de octubre del siguiente curso escolar la psicóloga del Equipo de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica no ha atendido en ninguna ocasión a la menor, cuando finalmente (la víctima) sufre un ataque de ansiedad se le indica que no es nada, nuevamente se banaliza el sufrimiento de la alumna», relata la sentencia. «En definitiva –concluye la sentencia–, la inacción y falta de diligencia de la escuela lleva finalmente a la menor a tener una actitud de absentismo escolar, lo que hasta la fecha no había sucedido, tampoco a ello se le dio importancia».

Ante esta situación, los padres acudieron al Síndic de Greuges, lo que permitió tener conocimiento de que en abril se había iniciado un protocolo de acoso, que finalizó concluyendo que «dicho acoso no existe, resolución que no les es notificada a los interesados».

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