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El centro condenado por acoso pide que se tenga en cuenta su versión

Existen “elementos objetivos que no se han valorado adecuadamente”, como los informes previos de la orientadora, de la Inspección, del Defensor del Menor o el historial clínico, según el centro.
Martes, 19 de abril de 2011
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El Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Madrid acaba de dictar sentencia por la que condena al Colegio “Amor de Dios” de Alcorcón (Madrid) a pagar 40.000 euros a la familia de un niño que fue víctima de “acoso escolar”. Es la condena por este motivo más alta dictada en España hasta ahora. El titular del centro recurrirá porque considera que existen “elementos objetivos que no se han valorado adecuadamente”. El asesor jurídico del centro, Carlos Bello, indicó a MAGISTERIO que no se ha tenido en cuenta que ni el informe de la orientadora del colegio, ni la Inspección educativa, ni el Defensor del Menor, ni el historial clínico del chico revelan daño alguno como consecuencia de los hechos que se juzgan. El menor tenía un buen expediente y no presentaba antecedentes de absentismo, etc.

La sentencia condena al centro porque los padres deben exigir un entorno escolar seguro, ya que éstos “son responsables de la salud y seguridad de sus alumnos”, según Iñaki Piñuel, psicólogo que ha actuado como perito en el caso. Piñuel es conocido por ser uno de los autores del estudio Cisneros X que cifra la tasa de acoso escolar en nuestro país en un 23,3%. Piñuel y Araceli Oñate presentaron la sentencia a la prensa junto con el abogado de la familia. Ambos forman parte del llamado Instituto de Innovación Educativa y Desarrollo Directivo (Iieddi) que se ocupa del estudio de la violencia psicológica en adultos, el maltrato familiar y doméstico y el acoso escolar.

El problema de fondo de este caso es la dificultad de objetivar los hechos conceptuados como acoso, a pesar de que para Araceli Oñate, “es posible evaluar objetivamente si un niño es víctima de acoso escolar”.

El secretario autonómico de Escuelas Católicas de Madrid, Emilio Díaz, por su parte, manifiesta su “preocupación, incluso su alarma, por la tendencia a judicializar las relaciones humanas mantenidas de los centros, y por la determinación a veces indiscriminada y casi automática de responsabilidad objetiva para los centros por cualquier circunstancia que pueda producirse en ellos”. Además, Díaz expresa su “perplejidad y sorpresa por una sentencia que se inclina de forma tan abrumadora hacia los argumentos de la familia demandante, sin considerar ni tan siquiera mínimamente los argumentos y pruebas presentados por el colegio”.

Entre las pruebas que Carlos Bello cree que no se han considerado suficientemente destaca que los padres grababan las conversaciones privadas con los profesionales del centro; que se negaran a someter al chico a un test psicológico propuesto por la Inspección (que luego sí aceptaron del perito Iñaki Piñuel) o que reclamaran un resarcimiento económico previo al que ha establecido la sentencia. Emilio Díaz también expresa su “preocupación, incluso su alarma, por la tendencia a judicializar las relaciones humanas de los centros, y por la determinación a veces indiscriminada y casi automática de responsabilidad objetiva para los centros”.

Además, “considera que la visión y la versión de los profesionales implicados en el funcionamiento y convivencia del centro deben ser muy tenidos en cuenta por las entidades, instituciones y medios de comunicación”.

Uno de cada cuatro niños acosados

  • El psicólogo Iñaki Piñuel considera que “no se debe trivializar, banalizar o esconder los casos de acoso y maltrato, ya que de este modo se estigmatiza al menor que lo sufre, se legitima la conducta violenta de los maltratadores y se coloca a la víctima como causa del problema, algo absolutamente injusto”. Piñuel, además de psicólogo y perito en este caso, es conocido por participar en el Estudio Cisneros que arroja unos datos alarmantes de acoso y violencia escolar, tanto física como psicológica.
  • Un 23,3% de los alumnos sufrirían este tipo de acoso y violencia en las aulas españolas, unos datos que coinciden con los de la OMS en el estudio HBSC de 2004 entre jóvenes de 15 años que aseguran haber sido víctimas de acoso en España. Entre las acciones que el estudio Cisneros considera acoso figura “el bloqueo social, el hostigamiento, la manipulación, las coacciones, la exclusión social, la intimidación, las agresiones (éstas se presentan en un 13% de los casos) y las amenazas (9%). Pero además, el estudio Cisneros va más allá y señala que el 53% de los menores sometidos a este tipo de acoso presenta estrés postraumático, un 55% depresión, un 43% ansiedad, un 38% ideas suicidas recurrentes, etc.

Por otro lado, el psicólogo responsable del estudio, Iñaki Piñuel, señala que las instituciones “se complacen en observar estos fenómenos pero no realizan políticas de prevención”. Además cree que “se habla eufemísticamente de convivencia escolar” cuando en realidad se trata de un problema de “victimización”.

  • Por su parte, Escuelas Católicas, patronal del centro demandado, hace suyas las manifestaciones del Claustro, la APA y el Consejo Escolar del centro. En ellas, “de forma categórica, veraz y unánime, acreditan que el centro toma siempre las medidas adecuadas para garantizar la normalidad en la convivencia entre los alumnos, y que así hizo también en este caso”.
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