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Revolución o segregación

Jesús Asensi
Profesor de Religión
1 de febrero de 2021
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La disposición adicional cuarta de la Lomloe aborda la evolución de la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales. La idea es dotar a los centros ordinarios de las herramientas y del personal docente especializado necesario para atender de forma eficaz a los niños con diversidad funcional. Se trata, tal y como se indica en el artículo 74 de la ley respecto a la evaluación del grado de consecución de los objetivos establecidos, de “proporcionar la orientación adecuada y modificar la atención educativa prevista, así como el régimen de escolarización, que tenderá a lograr la continuidad, la progresión o la permanencia del alumnado en el más inclusivo”.

El Gobierno pretende poner en práctica, y así lo indica de forma explícita en la misma Ley, el artículo 24.2.e) de la Convección sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. El artículo 24 empieza diciendo lo siguiente: “Los Estados Parte reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la Educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Parte asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida”. Y más adelante se indica que se ha de asegurar que “las personas con discapacidad puedan acceder a una educación primaria y secundaria inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con las demás, en la comunidad en que vivan”.

Y la cosa no queda ahí, pues esta ley también pretende hacer cumplir el cuarto Objetivo de Desarrollo sostenible de la Agenda 2030: “Garantizar una Educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover las oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos”.

No se dice nada del papel imprescindible de los compañeros de aula de estos niños con necesidades diversas y que será fundamental si queremos pasar de una inclusión formal a una integración real

Esta nueva ley educativa insiste en la equidad, en la inclusión, en la no discriminación. Pese a todo, trata de evitar el calificativo de “segregada” para denominar a las escuelas que hoy en día atienen al alumnado con necesidades educativas diversas. Porque en el fondo esto es lo que piensan algunas familias cuando se les sugiere que saquen a sus hijos de un centro ordinario para que los atiendan “mejor” en otro sitio.

Esta ley pretende llevar a la práctica los acuerdos internacionales y las demandas de muchas familias, tomando como base y referencia el articulado de la LOE del año 2006 y centrándose en las adaptaciones, en los refuerzos y en las ayudas que han de recibir los alumnos con necesidades diversas para lograr esa ansiada inclusión. Pero el currículo es el mismo. Y tampoco cambia con esta ley la forma de evaluar, la agrupación del alumnado, la disposición de las aulas, la metodología de trabajo, el plan de formación de los futuros docentes o la formación permanente de los que ya lo son. No se dice nada del papel imprescindible de los compañeros de aula de estos niños con necesidades diversas y que será fundamental si queremos pasar de una inclusión formal a una integración real.

Por eso, tal y como opinan ya algunas familias implicadas, lo que de verdad necesitamos para que esa inclusión sea real es una auténtica revolución en nuestro sistema educativo. Una revolución que la Lomloe no trae, pues es más de lo mismo con una mayor inversión en personal docente y en la adaptación material de las aulas.

Por eso, visto lo visto desde la implantación de la LOE, será mejor que las cosas se queden como están y que los niños con necesidades diversas permanezcan escolarizados en sus colegios. Pues si ahora esa segregación sólo afecta a los centros escolares especiales en su conjunto, en el plazo de diez años se dará de forma masiva dentro de las aulas de los centros escolares ordinarios.

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