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Casado recurre la ley Celaá ante el Constitucional: "Es un ataque a la libertad"

El líder del PP, Pablo Casado, ha opinado este lunes que la ley Celaá es un “ataque” a la libertad, la calidad y la unidad del sistema educativo durante la presentación del recurso de inconstitucionalidad contra esta norma (Lomloe) y ha insistido en que la derogará si llega al Gobierno.
RedacciónLunes, 29 de marzo de 2021
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Pablo Casado durante un acto en un colegio concertado de Madrid junto a Javier Esparza, presidente de UPN, que también se ha unido a dicho recurso.

DOCUMENTO: Recurso del PP contra la Lomloe (PDF)

Durante un acto en un colegio concertado de la ciudad de Madrid junto a Javier Esparza, presidente de UPN, que también se ha unido a dicho recurso, Casado ha señalado que los hijos no pertenecen al Estado, que “debe alejar sus manos de lo que es la formación de nuestros jóvenes y ocuparse de que tengan una educación de calidad”.

“No podemos aceptar que una ministra diga que no son nuestros hijos”, ha añadido el líder popular en alusión al poema de Khalil Gibran que publicó la ministra de Educación, Isabel Celaá, el pasado día 21 en su cuenta de Twitter, titulado “Tus hijos no son tus hijos”. Tampoco, ha continuado, “vamos a aceptar que se use a nuestros hijos como herramienta de un proyecto de ingeniería social o de transformación nacionalista de algunas comunidades autónomas”, por lo que la Lomloe será derogada si el Partido Popular llega al poder y se volverá “al sistema anterior”, ha recalcado.

En cuanto al recurso que su partido ha presentado ante el Tribunal Constitucional, Casado ha señalado que va contra la libertad para elegir centro, atenta contra el derecho de las familias a elegir la enseñanza concertada y va en contra de los niños con discapacidad para seguir en los centros de Educación Especial. En este punto, se ha dirigido a la portavoz parlamentaria de Educación del PP en el Congreso, Sandra Moneo, y al diputado Juan José Matarí, ambos padres de hijas con síndrome de Down, para “lamentar mucho las palabras impresentables e inadmisibles” de Celaá en la última sesión de control al Gobierno en la Cámara Baja. En su opinión, el trato de la ministra hacia Matarí merece su cese inmediato: «Eesto pasa en cualquier país del mundo y estaría cesada”.

Por otro lado, ha tachado de “ridículo” que la Lomloe utilice la lengua “como instrumento de ingeniería social para tejer departamentos estancos en territorios donde el nacionalismo gobierna”, entre los que ha citado el País Vasco, Baleares y Cataluña. Por ello, “queremos garantizar que la lengua castellana sea vehicular en toda España”, así como que, al menos, un 65% de las materias troncales sean comunes.

El recurso de inconstitucionalidad, de 90 páginas, impugna 16 artículos (1, 8 bis, 10,12, 16, 17, 27, 28, 29, 50, 55 bis, 56, 78, 81 bis, 83 y 89) y dos Disposiciones Adicionales (la Tercera y la Cuarta) de la ley Celaá, por entender que vulneran la Constitución española.

Los principales preceptos de la ley Celaá que impugna el PP ante el TC

El recurso de inconstitucionalidad del PP contra la ley Celaá impugna 16 de sus artículos y dos disposiciones adicionales por entender que vulnera el derecho de elección de enseñanza de los padres, discrimina a la Concertada, a la Especial y a la Educación diferenciada, y «no garantiza» que el castellano sea lengua vehicular en todo el país. En concreto recurre los artículos uno, ocho bis, diez, doce, dieciséis, diecisiete, veintisiete, veintiocho, veintinueve, cincuenta, 51 bis, 56, 78, Ochenta y uno 2 bis, 83, 89, Disposición Adicional Tercera y Disposición Adicional Cuarta de la Lomloe, conocida como Ley Celaá.

El texto consta de 90 páginas y ha sido presentado por el líder del PP, Pablo Casado, junto al presidente de Unión del Pueblo Navarro, Javier Esparza, durante un acto en un colegio concertado.

A continuación se detallan los principales preceptos impugnados:

Educación Especial

Los ‘populares’ recurren el artículo 50, sobre la Educación Especial, al entender que ante discrepancias, “sólo se tiene en cuenta la voluntad de las familias” que optan por la Educación ordinaria y que “se asume “de forma prejuiciosa y manifiestamente inconstitucional, que el régimen más inclusivo es el seguido en centros que no son de Educación Especial”

El PP considera que, al ser valoradas las necesidades educativas del alumnado por profesionales especialistas, pese a que los padres “serán preceptivamente oídos e informados”, la ley restringe la libertad de las familias para elegir centro. Y denuncian una “desmantelación a plazos de la educación especial” en el objetivo de que en diez años los centros ordinarios tengan recursos para atender al alumnado con discapacidad.

Concertada

Considera que al limitar el cobro a las “actividades extraescolares y servicios escolares” y reclamar que no haya discriminación económica en las complementarias se produce una “asfixia económica de la Educación concertada”.

Rechaza que la ley exija a las administraciones que programen “la oferta educativa de modo que garanticen la existencia de plazas públicas suficientes”, al entender que orilla la concertada “a un papel meramente subsidiario y subalterno”.

Nuevos centros

Recurre el artículo 81 relativo a que los municipios cooperarán con las administraciones en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros. “El precepto impone a los municipios un deber de cooperación para la obtención de suelo necesario sólo para la construcción de centros docentes públicos, no de centros docentes privados o concertados”, lo que demuestra la voluntad del Estado “de crear un sistema educativo monolíticamente público, arrinconando y marginando a los centros educativos que no sean públicos, que no pueden acceder a las cesiones de suelo que sí se imponen para los centros públicos”.

Coeducación

Impugna el artículo uno que, según el PP, impone que los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos apliquen la coeducación, o sea, la Educación mixta, “con lo que excluye ex lege y de plano de la percepción de fondos públicos a los centros que apliquen en sistema de Educación diferenciada. Impide así, por principio, de forma absoluta, el acceso a la financiación pública mediante el régimen de conciertos a los centros que apliquen la Educación diferenciada entre alumnos y alumnas”. Ello vulnera, entre otros, el derecho fundamental a la igualdad consagrado en el art. 14 de la Carta Magna, “desatiende la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas”.

Lengua

En este apartado, la razón de la inconstitucionalidad denunciada por el PP radica en que la calificación como lengua propia “solo para designar las materias referidas a las lenguas cooficiales deja al español o castellano, por contraposición, la consideración de lengua no propia, ajena, extraña, obligada o impuesta, que debe aprenderse o estudiarse como una lengua extranjera más” en las CCAA con lenguas cooficiales. Además, la ley “omite garantizar el carácter vehicular en la enseñanza del castellano, vulnerando así los arts. 3.1 y 2 y 149.1 de la Carta Magna”.

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