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Myriam Cabrera: “El sistema judicial no está adaptado a la infancia”

padresycolegios.comSábado, 1 de enero de 2022
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Myriam Cabrera, profesora de Derecho Penal de la Universidad Pontificia Comillas

 

Por Gema Eizaguirre

En los próximos meses se espera la aprobación de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia con novedades como la creación en los centros escolares de la figura del coordinador de Bienestar y Protección, la unificación de criterios en protocolos de actuación y el aumento de la prescripción del delito; entre otras. Cabrera destaca el carácter preventivo de la ley y la labor decisiva del docente en detectar los abusos sexuales a menores en el entorno familiar, pero denuncia la falta de visibilidad y apunta un dato: “Solo el 15% de los colegios en los que el niño había revelado los abusos, se lo notificó a las autoridades”.

¿Cuál es la protección legal que tiene un menor en España frente a los abusos sexuales en la familia?

El Código Penal sanciona con penas que pueden llegar a ser muy elevadas las agresiones y los abusos sexuales a menores, contemplándose agravaciones para los supuestos de parentesco. En relación con la víctima menor de edad hay disposiciones que tratan de evitar que el procedimiento les genere una victimización secundaria (posibilidad de evitar la confrontación visual con el agresor, de grabar la declaración en ciertas circunstancias, de celebrar el juicio a puerta cerrada…), pero todavía queda mucho por avanzar en esta materia, a fin de evitar que la reacción institucional y la del entorno derive en un trauma adicional.

Hace poco en Francia saltó la alarma de violaciones en la familia por un libro autobiográfico ¿Cree que España se podría equiparar a Francia en número de casos y situación del menor?

Los datos de prevalencia indican que entre el 15-20% de la población ha sido víctima de abusos sexuales en la infancia, si bien la mayor parte de los casos no se denuncia. Se han hecho estimaciones que sitúan entre un 12-15% lo que se denuncia. En la cifra negra de casos que no se denuncian un importante porcentaje corresponderá a supuestos de abusos sexuales intrafamiliares, en los que la revelación se hace más difícil por distintas razones: miedo a la ruptura familiar, dependencia afectiva/económica, culpa, vergüenza, miedo a la reacción de la familia y del entorno, presiones… De los casos en los que se denuncian, la gran mayoría corresponden a abusos perpetrados por familiares o personas conocidas por los niños, no por extraños. Esto nos indica la entidad de este importante problema social y de salud pública, aunque faltan datos al respecto y una mayor sistematización de los mismos.

 

Entre el 15-20% de la población ha sido víctima de abusos sexuales en la infancia.

 

En la actualidad se está tramitando la Ley Orgánica de Protección integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia. ¿Qué novedades incluye y cuál es su valoración?

Resulta digno de una valoración especialmente positiva el gran peso que tiene en la Ley la prevención. Se aborda la prevención en relación con las distintas formas de violencia y teniendo en cuenta los distintos ámbitos que es necesario implicar en la prevención, detección y adecuada respuesta a los casos de violencia contra la infancia: familiar, educativo, sanitario, servicios sociales, ocio y deporte, nuevas tecnologías, centros de protección… En el ámbito de los centros educativos destaca la creación de la figura del coordinador de Bienestar y Protección y el establecimiento de protocolos de actuación.

Por lo que se refiere al ámbito penal, retrasa la prescripción, entre otros, de los delitos sexuales cometidos, ya que los plazos de prescripción no empezarán a correr hasta que la víctima cumpla los 30 años (en la actualidad comienzan a contar a partir de que cumple los 18).

¿Cuál es la situación actual de los procolos escolares sobre este tema?

En la actualidad la presencia de protocolos en el ámbito educativo es desigual, dependiendo de las comunidades autónomas, de las entidades titulares de los centros y de cada centro en concreto. También hay dispersión en cuanto al alcance de los protocolos (tipo de conductas, ámbito de comisión…) y en cuanto a las pautas de actuación. Por eso es importante la homogeneización de unos criterios mínimos que habrán de cumplir. En el estudio realizado por Save the Children a partir de una revisión de sentencias relativas a delitos sexuales cometidos sobre niños, se concluyó de solo el 15% de los colegios en los que el niño había revelado los abusos, procedió a notificarlo a las autoridades.

¿Qué papel tienen los docentes?

El educativo es un ámbito especialmente privilegiado para prevenir y detectar los abusos, tanto los que se cometen en el centro, como los cometidos fuera del centro en el ámbito intra o extra familiar. Por eso es importante que toda la comunidad educativa  reciba una adecuada formación. En el caso de los niños, importancia de una formación afectivo sexual adecuada a su edad. Importancia de las políticas de salvaguarda de obligado cumplimiento por todos los miembros de las organizaciones, los códigos de conductas que clarifiquen los modos de proceder adecuados, las políticas de contratación del personal que trabaje de forma habitual con niños…

Un docente, como cualquier adulto, ¿tiene obligación de denunciar si sospecha de abusos a un menor?

En la actualidad la Ley Orgánica de Protección jurídica del Menor establece que «toda persona o autoridad y especialmente aquellos que por su profesión o función detecten una situación de maltrato, de riesgo o de posible desamparo de un menor, lo comunicarán a la autoridad o sus agentes más próximos, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise».

En la futura Ley se establece un deber genérico, que afecta a toda la ciudadanía, de comunicar de forma inmediata  la existencia de indicios de violencia; y también un deber cualificado para aquellos colectivos que, por razón de su cargo, profesión, oficio o actividad tienen encomendada la asistencia, el cuidado, la enseñanza o la protección de personas menores de edad.

¿Son eficaces las denuncias?

Son determinantes a la hora de acabar con la espiral de los abusos y sus graves consecuencias para la víctima. Supone romper el muro de silencio que deja al niño desprotegido y al albur de sus agresores. Pero hay que reconocer que el proceso de denuncia es doloroso, sobre todo cuando el entorno institucional y personal reacciona de manera inadecuada y poco respetuosa con la víctima, sus derechos y su sufrimiento. El sistema de justicia no se encuentra adaptado a la infancia: los niños tienen que contar lo que les ha ocurrido sucesivas veces, los procedimientos se retrasan; en la mayoría de los casos las víctimas tienen que declarar en el acto del juicio; faltan recursos de atención especializada…

La futura ley también contempla avances en esta línea a través de la sensibilización, de la formación, del establecimiento de cauces de ayuda para las víctimas y de la mayor generalización de la prueba preconstituida en el proceso para que las víctimas no tengan que acudir a declarar en el acto del juicio.

¿Se pueden prevenir esos abusos? ¿Cómo?

Sí, con grandes campañas de concienciación sobre las características de los abusos, las cifras, falsas creencias, indicadores que deben llevar a sospechar, cauces de denuncia, actuaciones adecuadas e inadecuadas. En las familias se busca promover la cultura del buen trato y la parentalidad positiva, el establecimiento de vínculos seguros y de relaciones que confianza que impidan la aparición de casos y, que, en caso de haberlos, faciliten la revelación por parte del niño o la detección precoz y una adecuada reacción.

¿Qué dice la Ley sobre los centros educativos?

La futura Ley establece que “las administraciones educativas regularán los protocolos de actuación contra el acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género, violencia doméstica, suicidio y autolesión, así como cualquier otra manifestación de violencia comprendida en la ley».

«Dichos protocolos deberán ser aplicados en todos los centros educativos e iniciarse cuando el personal docente o educador de los centros educativos, padres o madres del alumnado o cualquier miembro de la comunidad educativa, detecten indicios de violencia o por la comunicación de los hechos por parte de los niños, niñas o adolescentes».

 

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