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Los docentes riojanos serán considerados autoridad pública

Los directores, miembros del equipo directivo y profesores de todos los centros educativos de La Rioja tendrán la consideración de autoridad pública y gozarán, por tanto, de la protección del ordenamiento jurídico a esta condición. Este reconocimiento se regula en la futura Ley de Autoridad del Profesor y de la Convivencia en los centros educativos de La Rioja, cuyo proyecto ha sido presentado por el presidente regional, Pedro Sanz.
Sonia BarradoMartes, 19 de octubre de 2010
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El Gobierno riojano ha dado luz verde a la norma, que se ha remitido al Parlamento autonómico para su aprobación. Su objetivo principal es reconocer y reforzar la autoridad del profesor en el ámbito escolar para fomentar la consideración y el respeto que le son debidos en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades. Con todo, la finalidad última es “mejorar la calidad del sistema educativo y la convivencia escolar”, destacó Sanz.

La ley se aplicará en todos los centros educativos de la comunidad autónoma, al igual que la consideración legal de autoridad pública que se podrá otorgar al profesorado de la enseñanza pública y al personal docente de los centros concertados.

Once artículos
El nuevo proyecto legislativo se estructura en 11 artículos, distribuidos en dos capítulos, y cuatro disposiciones. En el primer capítulo se exponen, además del objeto y ámbito de aplicación, los principios generales en los que se inspira esta norma.

La mencionada protección jurídica del profesor se regula, junto al régimen disciplinario, en el segundo capítulo del proyecto de ley. Además de como autoridad pública, los profesores riojanos gozarán de presunción de veracidad cuando se formule el expediente administrativo de un posible proceso disciplinario.

También se establece el deber de colaboración por parte de los padres o responsables legales del alumno. En caso de incumplimiento, podrán ser sancionados de acuerdo con lo que disponga el ordenamiento jurídico al efecto.

Por su parte, los centros, según se regula en el proyecto de ley, deberán garantizar la convivencia escolar con su normativa de organización y funcionamiento. Así, en sus planes de convivencia se considerarán como infracciones aquellas conductas de los alumnos que supongan una vulneración de las normas de convivencia.

Estas conductas se podrán calificar como contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia.

En el texto se detallan algunas de las más graves, como el acoso, las amenazas o coacciones a cualquier miembro de la comunidad educativa; la suplantación de personalidad en actos docentes y la falsificación o sustracción de documentos académicos; la introducción en el centro de objetos o sustancias peligrosas; o la grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier soporte, de agresiones y de conductas inapropiadas contra cualquier persona.

En el caso de las conductas contrarias se especifican varias, como las faltas injustificadas de asistencia a clase; los actos de indisciplina, incorrección o desconsideración hacia el profesor o los compañeros; y el deterioro de las instalaciones o recursos materiales del centro educativo, así como otras más sensibles como las agresiones físicas o morales, la falta de respeto a la integridad personal, la discriminación y las ofensas o vejaciones.

Medidas de corrección o sanciones

  • En función de la gravedad de las conductas de los alumnos que perjudiquen la convivencia en los centros, se aplicarán medidas educativas de corrección o se impondrán sanciones que podrán suponer desde el cambio de grupo o clase, la suspensión del derecho de la asistencia al aula y a participar en actividades extraescolares o la realización de tareas, hasta el cambio o expulsión del centro. El presidente riojano ha considerado que esta Ley es “conveniente”, aunque “sorprendente” que sea necesaria, pues la autoridad del profesor “tendría que ser algo innato”. Pero si hay que regularlo es porque “tristemente algo hemos hecho mal en la sociedad para tener que hacer una ley que legitime la autoridad del docente”. A juicio de Sanz, “hemos pasado de la autoridad excesiva a que no exista autoridad, a la permisividad, a la indisciplina e incluso a la violencia aislada, lo que no es el marco adecuado para lograr una enseñanza de calidad”. De ahí, la conveniencia de una norma que refuerce la figura del docente y garantice que reciba el trato y consideración debidos hacia su persona.
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