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Privacidad en tiempos de Zoom y retos virales en el grupo de padres de WhatsApp

Expertos analizan los riesgos de plataformas que hemos incorporado a nuestro día a día y de la sobreexposición en redes sociales de los menores.
RedacciónViernes, 3 de abril de 2020
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Los expertos recomiendan pensárselo dos veces antes de compartir una imagen de nuestros hijos. FIZKES

Lo más frecuente es que estos días, si eres padre o madre, hayas recurrido a la plataforma Zoom (o incluso la has descubierto) para que tu hijo pueda ver a su profesor y a sus compañeros de clase o tener una sesión de una actividad extraescolar. También, que hayas aceptado un reto viral en el grupo de WhatsApp de padres, o que hayas compartido vídeos de cómo se entretienen tus hijos en cuarentena.

Entre las grietas que se van abriendo en seguridad y protección de datos, estas dos preocupan a los expertos. En el primer caso, Ricard Martínez, director de la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital de la Universitat de València, insiste en la necesidad de seguir “una metodología a la hora de tomar la decisión de usar una herramienta con fines académicos, como verificar quién es el proveedor y qué garantías de cumplimiento normativo ofrece, si garantiza la protección de los menores, y en especial el interés superior del menor, y si se dan todas las condiciones que aseguran los derechos fundamentales de ese menor”.

Zoom se trata por una herramienta norteamericana que se rige por el derecho norteamericano pero es allí, en EEUU, precisamente, donde algunas escuelas han preferido descartarlas para sus clases online por fallos de seguridad como el que permite que hackers se cuelen en las videoconferencias, un fenómeno conocido como zoombombing.

Martínez asevera que “el profesor utilizará exclusivamente la herramienta que deba utilizar de acuerdo con lo que le indique la organización para la que trabaja, que, a su vez, no deberá dejarse llevar por una moda, una tendencia o porque alguien le ha dicho que esa herramienta está muy bien. Puede ser la mejor del mundo y estar alojando los datos en un país no seguro”.

Como consecuencia de la crisis del coronavirus Covid-19, Zoom ha pasado de 10 a 200 millones de usuarios al día en todo el mundo y su CEO, Eric Yuan, ha pedido perdón por los problemas de seguridad que se han denunciado. Se dan un plazo de 90 días para encontrar una solución a esta vulnerabilidad.

¿Aceptas el reto?

Más allá de Zoom, Ricard Martínez reconoce que una de las cuestiones que más le preocupan es el oversharing, es decir, “la tendencia desmesurada a compartir imágenes que pueden corresponderse con la identidad personal pero que en el caso de los menores son imágenes relativas a la identidad de un menor”.

“Es cierto que todos estamos sonriendo y nos parece muy tierno cada vez que nos llega la imagen de un menor (gracioso, que tiene una frase ocurrente, el menor de la rabieta porque no le dejan salir a la calle…), comienza. “Incluso en algunos casos me da la impresión de que a los menores se les está enseñando a hacer o decir cosas graciosas para generar vídeos posteriormente virales, se está produciendo una explotación intencional del menor por parte de adultos para su propio protagonismo en internet”, prosigue. “Y tenemos que tener en cuenta las implicaciones que esto tiene, no en el corto plazo, no en ese minuto de gloria como padres orgullosos, sino en el medio y largo plazo”, remarca.

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Estamos exponiendo la identidad digital de una persona que no tiene la capacidad de tomar decisiones todavía sobre ella y que podría ser compartida por miles si no millones de personas

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Al tiempo, introduce otra reflexión sobre las particularidades en tiempo de confinamiento: “En esas imágenes pueden aparecer elementos que pertenecen a la intimidad del menor y a nuestra propia intimidad. Aparece nuestra propia casa, quizá objetos valiosos. Es posible que nos estemos poniendo un letrero de “Venga a robar aquí en cuanto pase el confinamiento”. A veces incluso en la medida en que la grabación se produce en un espacio semipúblico, por ejemplo, un balcón a la calle, estamos dando pistas para identificar el sitio exacto en el que vive en ese menor”.

Así, sin caer en alarmismos (estadísticamente es poco probable, y menos en fase de confinamiento, que ese menor sea atacado por un agresor de menores), Martínez subraya que estamos poniendo en riesgo “la identidad, la imagen e incluso el domicilio” en el que vive el menor.

“Pensemos en otros impactos. Efectivamente, la imagen se viraliza y el menor se hace famoso. Esa imagen va a ser explotada por medios de comunicación de todo el mundo. ¿Cuál era nuestra intención? ¿Compartir algo gracioso con nuestros amigos? ¿O hacer que la imagen de nuestro hizo sea susceptible de explotación comercial? Cuanto más viral sea el vídeo, más publicidad podrán insertar los medios. Honestamente, creo que no pensamos en el conjunto de complicaciones y complejidades que tiene hacer algo así”, concluye, señalando que incluso en el caso más restrictivo, en el de la madre o padre que comparte una grabación divertida con los familiares más cercanos hay riesgo: “¿Qué van a hacer los familiares más cercanos? ¿Son confiables? ¿O vamos a tener a un abuelo o abuela inexperto que lo van a pasar a 50 abuelos o abuelas inexpertos que a su vez lo van a pasar a 50 contactos y así sucesivamente?”. “En ese caso, habremos perdido el control de esa información. Es importante que sepamos en qué medio estamos y cuáles son las consecuencias o trascendencia de ello”, zanja.

Una llamada a la reflexión, por Alicia Piña

Una madre, un padre o cualquier adulto a cargo de un menor nunca debe olvidar algo elemental: una foto o vídeo protagonizado por su hija/o, si resulta reconocible mediante su voz y/o fisonomía, contiene, así, datos personales de ella o él.

Si partimos de que las niñas y los niños son individuos vulnerables por razones obvias, precisando sus datos personales de mayor protección, y consideramos que padres y madres están obligados a velar por el bienestar de sus hijas/os, convendría reflexionar, antes de compartir un vídeo/foto de los mismos:

¿Para qué compartir, reiteradamente y de forma ininterrumpida, fotos y/o vídeos de mi hija/o en grupos de mensajería instantánea extensos o en redes sociales? ¿Y si pensásemos que ello nos reportaría, exactamente, la misma “utilidad” que si nos dedicásemos a repartir fotos o DVD de los pequeños a la salida del colegio durante todo el curso?

La respuesta a ambos interrogantes, equivalentes, pero en el mundo online y en un contexto off-line– sería simple: ninguna utilidad, en absoluto. Muy al contrario, estaríamos exponiendo a los menores a riesgos innecesarios, cuando la sobreexposición incontrolada de sus datos personales tiene lugar en entornos abiertos o en los que sus datos están expuesto de manera exorbitada a cualquiera, con el peligro que ello comporta, además de innecesariamente.

En conclusión, si deseamos compartir en grupos de chat y/o redes sociales imágenes y/o vídeos que muestren escenas familiares o hitos que nos, lo más seguro y recomendable es que captemos o dispongamos su imagen de modo que no puedan ser reconocidos (de espaldas, pixelando su rostro…) y, en todo caso, no nos excedamos en compartir, sin limitación, información personal gráfica/voz que irá “edificando”, poco a poco, su identidad, dejando una huella digital imborrable en internet de nuestros hijos.

Y, por supuesto, tampoco olvidemos nunca que la/el niña es el único dueño de sus propios datos personales (imagen, voz…), el titular indiscutible de su derecho a la protección de aquellos, y no su madre o su padre, aunque éstos sean quienes ejerciten las facultades que el derecho a la privacidad lleva aparejado hasta que el menor cumple 14 años.

Alicia Piña es la coordinadora de la Comisión de Menores de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP).

Otras dudas

De la mano de Ricard Martínez y Alicia Piña resolvemos otras dudas que se están planteando en estos días.

Soy profesor, ¿es buena hacer un grupo de WhatsApp con padres?

Para Alicia Piña, “depende, en su caso, de que el centro docente estime que se trata de una medida idónea para colmar el propósito educativo durante un lapso de tiempo concreto”.

“En todo caso, procede se efectúe esa consulta (escrita, a ser posible) a la Dirección del centro educativo, en la medida que compete al mismo impartir instrucciones a su personal a este respecto”, añade. Al tiempo, recuerda: “La información compartida en chats de mensajería instantánea entre padres y madres supera, en ocasiones, la que concierne al propósito estrictamente docente, por lo que podría resultar una opción mejor -en ausencia de la plataforma/herramientas facilitadas por el propio centro- generar, mientras dure la crisis, un chat a medio del que el docente pueda comunicarse con padres/madres, siendo el primero de los mensajes emitidos el que el/la profesor/a emita concretando que solo se empleará para intercambiar noticias relevantes sobre tareas emitidas, plazos de entrega, aclaraciones de dudas, etc, a fin de excluir se comparte información espontánea sobre la evolución y cuitas de cada alumna/o concreto”.

En esta idea abunda Ricard Martínez: “El grupo de WhatsApp de padres es un entorno privado en que con harta frecuencia no se discuten solo temas estrictamente escolares sino cuestiones que afectan a la vida íntima de las familias o suponen una compartición de creencias, ansiedades, y cualquier otro tipo de cuestiones puramente privadas. Además, en estos momentos los grupos se están convirtiendo en un escenario de continuo cotilleo, mensajería constante… Integrar un grupo de WhatsApp de padres, como profesor, no es nada aconsejable por la protección de la privacidad de las personas y por la protección de nuestra propia indemnidad, integridad, por nuestra propia tranquilidad mental”.

¿Puedo emplear redes sociales con mis alumnos?

 “En líneas generales, deben seguirse las directrices establecidas por las autoridades autonómicas, que determinarán bajo qué condiciones se puede usar una red social. La Comunidad Valenciana, por ejemplo, establece con claridad que no deben emplearse apps ni recursos de internet no aprobados por la Consejería”, comienza Ricard Martínez.

“En el caso concreto de las redes sociales, existen otras restricciones muy relevantes que deben ser tenidas en cuenta: Si se impone su uso a los alumnos a título individual, privado, se les obligando a estar presentes en redes sociales, cuando no tienen por qué. Además de la restricción clara para menores de 14 años, que no pueden inscribirse sin el consentimiento de su padre, madre o tutor legal. Las redes sociales como Instagram, Facebook o equivalentes no están diseñados para tener una función educativa, no son instrumentos educativos, y no se pueden imponer”, subraya.

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