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Vínculos ideológicos

Jesús Asensi
Profesor de Religión
25 de enero de 2021
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Más de uno aún se preguntará por qué la ministra de Educación, la señora Celaá, afirmó en su día que “no podemos pensar de ninguna de las maneras que los hijos pertenecen a los padres”. Pues en el preámbulo de la nueva ley educativa podemos encontrar la respuesta: “Entre los principios y los fines de la Educación, se incluye el cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas”. Es decir, la Administración se otorga el papel de protector y defensor de los derechos de la infancia, pasando por encima del derecho y el deber de los padres de educar a sus hijos tal y como dice la Constitución, el derecho natural y el sentido común.

Los padres, que trajeron a la existencia a sus hijos, son los primeros que desean lo mejor para ellos. El afecto y el cariño mutuo entre padres e hijos crean una serie de vínculos que son imprescindibles para no desfallecer en la ardua tarea de la formación continua y el crecimiento personal. Ese vínculo afectivo, esa motivación que nace de un amor que es recíproco, no existe entre la Administración y los infantes ni, en más de un caso, entre los docentes y los discentes. Entonces, ¿de dónde nace ese afán por defender supuestamente los derechos de los niños, aun pasando por encima de la autoridad legítima de sus padres? Porque si los vínculos existenciales y afectivos son inexistentes, si no se tiene en cuenta el parecer de sus padres, solo cabe pensar en la existencia de un interés ilícito por parte de este Gobierno: la imposición ideológica.

Entonces, ¿de dónde nace ese afán por defender supuestamente los derechos de los niños, aun pasando por encima de la autoridad legítima de sus padres?

La ideología que impregna a nuestros gobernantes otorga a los deseos y a las ocurrencias el rango de ley, aunque su fundamentación sea falsa y alejada de la realidad. Porque, por ejemplo, uno de los derechos que esta Administración otorga a los infantes es el poder cambiar de sexo si así lo desea el menor. Y como la ley sentencia que el Estado ha de velar por “el cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia”, los padres no tienen nada que decir al respecto. Y esta injusta e incomprensible imposición se da porque este supuesto derecho solo se sostiene por el deseo, por el capricho del momento, y no tiene ninguna fundamentación científica. Como el argumento del deseo no se sostiene y es indefendible, se ha de imponer para que se pueda hacer efectivo.

Y lo más triste de este “derecho infantil a cambiar de sexo” es la burda manipulación que sufren muchos niños, sin que sus padres puedan hacer nada por evitarlo. Una manipulación que bendice y promueve la Administración y que oculta a los menores una cruda realidad: el cambio de sexo les va a impedir el ser padre o el ser madre en el futuro.

Los supuestos defensores de los derechos de los niños, cuya vinculación con los mismos solo es ideológica, argumentarán que el sufrimiento de los infantes que no se identifican con su sexo es insoportable y que por eso no cabe pensar en las consecuencias irreversibles de su decisión. Pues resulta que, para combatir la ansiedad infantil, si ésta se diera por un deseo irracional de cambiar de sexo, existen los ansiolíticos. Y como esa decisión va a provocar una esterilidad irreversible en su adultez, lo mejor será esperar a que ese niño sea mayor de edad y pueda sopesar la conveniencia o no de un cambio de sexo que le va a marcar de por vida. ¿No creen?

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