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Células madre

padresycolegios.comSábado, 1 de enero de 2022
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Las células madre de la sangre del cordón umbilical están en el centro de una agria polémica entre el Ministerio de Sanidad y las empresas que ofertan su almacenamiento privado. Su verdadera utilidad a la hora de curar enfermedades del recién nacido protagoniza un debate que en ocasiones se sitúa en los límites de la ciencia ficción.

Al hablar de células madres procedentes de la sangre del cordón umbilical (SCU), no todo es una guerra de cifras que se sustenta en verdades a medias y se anima con perspectivas que difieren como el día y la noche. Por lo menos estamos de acuerdo sobre su uso terapéutico actual: sirven para tratar enfermedades de la sangre, a destacar leucemias y linfomas.

Hay otro punto en el que las opiniones convergen. La SCU no tiene ninguna utilidad para uno mismo (trasplantes autólogos) en caso de que la enfermedad sea congénita, pero sí cuando la patología es adquirida. Si la enfermedad tiene un componente genético, habrá que recurrir a otro donante (trasplante alogénico).

Y aquí empieza un confuso baile de números que deriva en una pregunta de difícil solución: ¿a quién creer? Eladio Peón, director del banco privado Celvitae, afirma que “en el 86% de los casos, la SCU se ha utilizado para tratar enfermedades adquiridas. Tiene todo el sentido guardarla para uso personal”. Escuchemos ahora a Gregorio Garrido, jefe de servicio de área médica de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT): “El almacenamiento para el niño recién nacido tiene una utilidad casi nula, ya que la mayoría de las enfermedades que pueden ser tratadas con SCU tienen una base genética. El donante va a tener que recurrir casi con total seguridad a los bancos públicos”.

Aún hay más. La ONT asegura que los bancos públicos desechan (por no tener el mínimo de celularidad establecido o por problemas en la recogida o en el transporte) el 40% de las muestras de SCU. Peón aumenta esta cifra al 70%, mientras que los bancos privados “guardan la totalidad de las unidades”. Ante todo porque “existen expectativas muy buenas en el campo de la medicina regenerativa”.

¿Un sueño futurista? “Pura especulación”, en palabras de Garrido. Por su parte, el director de Celvitae se desmarca de otros bancos privados que “venden la SCU como un seguro de vida”, aunque estima que el Ministerio de Sanidad “muestra un exceso de celo” a la hora de regular el almacenamiento para eventual uso del niño o de otros miembros de la familia: “Los padres deberían poder decidir libremente qué se hace con la SCU de sus hijos”.

Exceptuando Italia, España es quizá el país con una legislación más restrictiva ante la creación de bancos privados. Éstos pueden existir, pero cumpliendo una serie de requisitos que desvirtúan la misma noción de privado en una sociedad de libre mercado: la sangre allí almacenada puede ser requerida por cualquier paciente que la precise y el banco no ha de tener ánimo de lucro. La consecuencia es que casi todas las empresas que operan en nuestro país guardan sus muestras en el extranjero.

Públicos y privados

BANCOS PÚBLICOS
Existen ocho bancos públicos en nuestro país (Madrid, Barcelona, Málaga, Valencia, Galicia, Tenerife, País Vasco y Asturias), aunque es posible donar SCU en todas las comunidades autónomas. El número de maternidades asociadas a estos bancos no deja de aumentar (consultar en www.ont.es ), pero aún está lejos de cubrir toda la red de hospitales donde nacen niños en España. Para ser donante, basta con tener un embarazo normal y someterse a los controles y exámenes clínicos pertinentes. Actualmente hay más de 34.000 unidades de SCU almacenadas, con una tasa relativa a la población que sólo supera Australia.

BANCOS PRIVADOS
Debido a las trabas legales estipuladas por el Ministerio de Sanidad para guardar SCU con vistas a un eventual uso propio o familiar, la práctica totalidad de las empresas que ofertan este tipo de servicio almacenan sus muestras en el extranjero. Si optamos por un banco privado (entre 1.500 y 2.000 euros más, en algunos casos, cuotas anuales), hay que cerciorarse de que la empresa ha firmado un convenio con la maternidad en la que va a nacer el niño. Y si la sangre va a guardarse fuera de la Unión Europea, es necesario cursar una solicitud a la Organización Nacional de Trasplantes. El precio suele cubrir 20 años de almacenamiento con posibilidad de prolongarlo de forma indefinida.

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