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¿Obligados a entendernos? La mediación familiar, un trámite necesario

padresycolegios.comSábado, 1 de enero de 2022
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Con la reciente Ley de Mediación Familiar, que ha aprobado Baleares, ya todas las comunidades ofrecen este servicio en casos de separación. No obstante, el debate está en si este sistema para solucionar confl ictos debe darse con carácter obligatorio o voluntario. Sus ventajas con constatables. En la mediación, nueve de cada diez parejas cumplen lo pactado mientras que en las rupturas vía judicial, el índice muy inferior.

La nueva Ley de Mediación de Baleares que hace hincapié en la mediación también como servicio público accesible a todo aquél que desee acudir a él ha vuelto a poner sobre la mesa del debate público la cuestión de si debe existir o no un proceso de mediación familiar que con carácter obligatorio haga que dos personas que deciden poner fin a su relación de pareja deban sentarse a planificar como será el día después de su separación en lo que se refiere a la atención de su prole. Si esta mediación resultara infructuosa sería el juez de familia quien tome esta decisión. Esta posibilidad existe hoy en una gran mayoría de comunidades autónomas que ya han legislado acerca de la mediación familiar, pero en ninguna de ellas ésta tiene carácter obligatorio.

¿Qué es la Mediación Familiar? La mediación familiar busca restablecer la comunicación y el diálogo constructivo en situaciones de conflicto entre dos o más miembros de una familia en aras de un consenso. En el caso de las situaciones de ruptura, la mediación ayuda a decidir sobre las cuestiones relacionadas con la atención a los hijos y las cuestiones patrimoniales principalmente. La clave está en que sean ellos mismos y no un tercero, juez o árbitro, quien decida lo que es mejor en una situación determinada.

La mediación restaurativa. En primer lugar el mediador debe fomentar el aprendizaje de habilidades de comunicación en los dos, de manera que no sólo resuelve en el momento sino que enseña a como resolver por si solos en el futuro. Y en segundo lugar busca la resolución del conflicto principal a través de un punto de encuentro, un acuerdo en el que ambos se encuentren razonablemente contentos. Pero ¿qué ocurre si en ese proceso la pareja ve que la convivencia puede ser posible resueltos ciertos puntos candentes? En esos casos el mediador debe acompañarles en el proceso de acercamiento y ayudarles a acercar posiciones en las cuestiones que más les separen. Es ésta una mediación restaurativa que también debe contemplarse en el ámbito de trabajo del mediador. Contemplar también la reconciliación sino mediación incompleta

¿Condenados a entendernos? ¿Debo sentarme frente a frente con mi pareja para abordar aquello que más nos cuesta hablar y precisamente en estos momentos de tensión? Esta será una de las preguntas que probablemente se haría alguien a quien se le planteara el trámite obligado de la mediación en una ruptura. Veamos cuáles son las ventajas que podríamos señalarle:

En primer lugar reduce el número de divorcios contenciosos, esto es, aquellos en los que al no existir acuerdo entre las partes (éstos se denominan de mutuo acuerdo) llevan a la pareja a enfrentarse en los tribunales. En el año 2009 el 60% fueron de mutuo acuerdo frente a un 40% de divorcios contenciosos. Demasiados niños viendo como sus padres van el uno contra el otro en los tribunales.

En segundo lugar sirve para asegurar un momento de reflexión antes de la ruptura, lo que lleva a pensar con la mente más fría y con la ayuda de un profesional en la resolución de conflictos.

Además, como veíamos, posibilitar un encuentro in extremis para aquellos que llegan a la conclusión de que la relación puede salvarse.

Sin duda es el mejor camino para asegurar el cumplimiento de lo acordado porque en la mediación, nueve de cada diez parejas cumplen lo pactado porque lo han decidido ellos, mientras que en las rupturas vía judicial, el índice es muy inferior y lleva a las partes a verse de nuevo en los tribunales para exigir el cumplimiento de las condiciones o para tramitar un cambio de las mismas.

Rebaja el nivel de tensión emocional y psíquica de la ruptura, siempre alto pero más aún cuando existe una confrontación. Protege a los hijos frente a tensiones adicionales entre los padres.

Supone una reducción de costas judiciales, al no necesitar más que un único abogado, en un proceso que es más económico que el contencioso.

Con el nivel actual de rupturas en nuestro país, cualquier medida de apoyo a las parejas que pasan por dificultades es más que bienvenida y si se trata de una mediación necesaria antes de ir adelante con una ruptura, la ventaja mayor la obtendremos si en esa mediación está presente una apertura a la conciliación, si así lo desean las partes, que permita seguir adelante con el proyecto de vida iniciado al crear una familia. Pero claro, para eso hay que estar convencido de que la familia es un bien que debemos proteger también desde la legislación, y esto no es algo que sea moneda común en los movimientos legislativos de los últimos tiempos.

Tiempo de espera

La posibilidad de detener el reloj unos días y darse un tiempo para la reflexión en un proceso de ruptura tiene innegables ventajas y se presenta más necesario que nunca después de la modificación del código civil con la ley 15/2005 que introduce el denominado divorcio Express que agiliza y acorta los trámites y plazos respectivamente. En este nuevo contexto facilitador de la ruptura, resulta indispensable contar con algún tipo de medida que ayude a los cónyuges a valorar las consecuencias de esa ruptura que ya se ve como inevitable.

La introducción de un plazo de espera razonable antes de que se consume la ruptura, algo previsto en el ordenamiento jurídico de la mayoría de los países de nuestro entorno, ya suponía en la anterior regulación del divorcio que en torno a un 20% de las parejas que se separaban y que debían esperar un año para tramitar su divorcio, llegado el momento no lo hicieran, bien porque se encontraban bien en ese estatus de separado, que sigue existiendo, bien porque habían logrado acercar posiciones y habían retomado la vida en común como fruto de una reconciliación.

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