Desestiman el primer recurso contra la orden del Consell que regula la consulta de la lengua

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado el primer recurso presentado contra la orden de la Conselleria de Educación que regula y convoca el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua base aplicable a partir del curso escolar 2025-26.
EfeMiércoles, 8 de octubre de 2025
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La sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que ha sido notificada este martes a las partes, reconoce expresamente la legitimación de los recurrentes, el Sindicat de Treballadors i Treballadores de l’Ensenyament del País Valencià-Intersindical Valenciana, para interponer el recurso, pero establece que la resolución administrativa se ajusta a derecho. “Se trata de una consulta que ya se ha celebrado” –precisan los magistrados– y “de haber discordancias en las votaciones entre la lengua base elegida por los padres y el resultado que se publica, hubiera habido numerosas reclamaciones que no constan a esta Sala”.

Respecto al cauce telemático empleado para la realización de la consulta, el Tribunal recuerda no se trata de un sistema “totalmente informatizado y sin resolución”, pues los recursos de alzada que contempla la norma no los resuelve dicho sistema informático “sino el organismo competente” de la Generalitat, según ha informado este martes el TSJCV. El TSJCV tampoco aprecia, como argumentaba la parte recurrente, que el sistema establecido por la Generalitat discrimine a los alumnos de zonas castellanohablantes que optaran por la lengua valenciana al formarse grupos con ellos de ocho alumnos frente a los 20 habituales en los demás casos.

En cualquier caso, la Sala puntualiza que la resolución impugnada fija un procedimiento que desarrolla la aplicación de una ley, que es una norma sustantiva cuyo examen excede de las competencias del Tribunal Superior de Justicia. “Estimamos (…) que no se ha acreditado que el valenciano no sea lengua vehicular, tanto en los territorios de predominio histórico castellano como valencianoparlantes, y no se ha vulnerado la doctrina de la sentencia STC 34/2023”, señalan los magistrados en alusión a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

La resolución del TSJ de la Comunidad Valenciana no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

Educación valora la sentencia

El director general de Ordenación Educativa y Política Lingüística de la Conselleria de Educación, Ignacio Martínez, ha valorado la primera sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que avala la consulta de la lengua base, y ha afirmado que el derecho de elección de las familias «ha venido para quedarse».

En un comunicado, el director general de Política Lingüística ha afirmado que la Ley de Libertad Educativa estableció el derecho de las familias a poder elegir la lengua principal en la educación de sus hijos, valenciano o castellano, «y ha quedado demostrado que es un derecho que ha venido para quedarse». Ignacio Martínez ha recordado que desde la Conselleria de Educación ya se explicó que la planificación lingüística se haría «centro a centro y curso a curso, teniendo en cuenta exclusivamente la voluntad expresada de las familias, como así se ha hecho».

«La sentencia del TJSCV deja muy claro que la consulta realizada es un procedimiento con perfecto encaje dentro de la legalidad, y por tanto este recurso del STEPV, al igual que los restantes y todas las solicitudes de medidas cautelares que fueron interponiendo para que no se realizara la consulta, no son más que intentos de la izquierda de paralizar la aplicación de la ley, cosa que no han conseguido hasta el momento», ha manifestado. En ese sentido, Martínez ha subrayado que la ley se está aplicando ya completamente este curso académico 2025-26 en todos sus aspectos.

Martínez ha considerado que la sentencia «desmiente el presunto caos que vaticinaban algunos» como consecuencia de la consulta: «El tribunal dice muy claramente que no constan las numerosas reclamaciones que algunos afirmaban que habría. La realidad es que como se ha dicho siempre desde la Conselleria, y nos confirma el alto tribunal, son casos muy puntuales». Al respecto, ha recordado que el 99,8% del alumnado de la Comunitat estudia este curso en la lengua base elegida por sus familias.

«La consulta se desarrolló con plena normalidad y el resultado fue el fiel reflejo de la sociedad valenciana, con un equilibrio entre valenciano y castellano. Por eso resulta cuanto menos extraño el empeño de algunas organizaciones en que las familias no pudieran votar y elegir», ha señalado. A su juicio, la sentencia «también desmonta todo el argumentario de estas entidades sobre la supuesta discriminación en zonas castellanoparlantes y reconoce el esfuerzo que ha hecho la administración poniendo en funcionamiento grupos con 8 alumnos que solicitaron lengua base valenciano en estas zonas».

El director general ha afirmado, asimismo, que en estos grupos el alumnado va a tener mayor presencia del valenciano que del castellano, «algo que ni con el Botànic sucedía». «Por otra parte –ha añadido– en estas zonas seguimos con la política de incorporación progresiva del valenciano, ya que todo el alumnado estudiará dicha lengua, al tener la exención solo efectos en la evaluación y calificación del alumnado, algo que también reconoce el tribunal en su sentencia, al afirmar que el valenciano es lengua vehicular en toda la Comunitat, también en las zonas castellanoparlantes».

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