Opinión

La formación para el acceso a la dirección de los centros educativos fue considerada, junto a tantos otros aspectos, en los cambios establecidos por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE). Así, en la disposición adicional quinta 1 de esa ley, que regula su calendario de implantación, las modificaciones en la selección del director o directora en los centros públicos figuran entre las que habían de aplicarse a la entrada en vigor de la ley, salvo que los procedimientos se hubieran iniciado con anterioridad y, en tal caso, correspondería considerar la normativa vigente en su comienzo.
Desde DoFemCo, venimos señalando desde el año 2020 que la Coeducación Real es la única arma para luchar contra esas normas. Es la práctica coeducativa la que sitúa a nuestras alumnas en el centro de una educación verdaderamente democrática y trasformadora, la que les muestra que no es el patriarcado quien debe indicarles cómo deben ser físicamente, cómo deben vestir, cómo deben comportarse.
La evidencia científica es contundente: intervenir únicamente con la víctima resulta insuficiente y contraproducente a largo plazo. Abordar el acoso de forma efectiva y restaurativa requiere un cambio de paradigma: del castigo aislado a la responsabilización activa, la reparación del daño y la construcción de una comunidad escolar segura y respetuosa para todos.
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