Andalucía cambia el proceso de escolarización pero mantiene la "demanda social"
Los centros concertados, en los que está matriculad el 19,4% del alumnado andaluz, no deben tener «ningún miedo» a que se acaben los acuerdos establecidos con la Junta de Andalucía, según ha afirmado el consejero de Educación, Javier Imbroda. La Consejería destaca que en la reforma que aprobará el Consejo de Gobierno se respetan tres aspectos «esenciales», entre ellos la demanda social, «entendiendo por tal la prioridad de elección de centro educativo que una familia desee para la escolarización de sus hijos e hijas partiendo de la planificación que realice la administración educativa».
El decreto ley, una fórmula que se usa por «razones de urgente necesidad», solo recoge «modificaciones imprescindibles que vienen obligadas por el cambio en la normativa estatal» y «mantiene inalterados los principios fundamentales» en la admisión del alumnado de la normativa aprobada por la Junta el año pasado. Entre ellos se incluye la garantía de una oferta suficiente de plazas del sistema educativo público de Andalucía «en condiciones de igualdad para toda la ciudadanía» y que se continúa prestando especial atención a todo lo relativo al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Educación explica que así se garantiza una escolarización «equilibrada» de este alumnado mediante una reserva de hasta tres plazas por unidad escolar, y añade que el año pasado, en el procedimiento de admisión, el alumnado de Educación Especial que utilizó la reserva aumentó en un 15,5%, según sus datos.
El decreto ley mantiene inalterados los principios fundamentales en la admisión del alumnado de la normativa aprobada por la Junta el año pasado
Las principales modificaciones de la Junta suponen reducir de 20 a 14 los puntos por la existencia en el centro de un hermano, que es la máxima puntuación posible teniendo en cuenta que la reforma educativa, denominada Lomloe, limita la puntuación máxima por este criterio al 30% de la puntuación que puede tener un alumno. En Andalucía, con objeto de potenciar este criterio, se le da la misma puntuación que al de proximidad del domicilio familiar, según recogen las modificaciones previstas.
También se incorpora como criterio de prioridad en la admisión la discapacidad sobrevenida durante el curso escolar de cualquiera de los miembros de la unidad familiar y se introduce el hecho de que el alumno o la alumna haya nacido de parto múltiple, a lo que se concede un punto. Además, se otorga al consejo escolar de los centros públicos la competencia para decidir en el procedimiento de admisión del alumnado, una competencia que correspondía al director del centro y que la Lomloe atribuye al órgano colegiado, recuerda Educación.
La normativa andaluza de admisión del alumnado aprobada el 17 de febrero del año pasado fue fruto de «un amplio debate» con la comunidad educativa y recogió «la mayor parte» de las propuestas del Consejo Escolar de Andalucía y de otras organizaciones, asegura la Consejería. Esa norma potenciaba el sistema público andaluz, del que se reconocía el papel «central y vertebrador» en la enseñanza, y el «relevante papel» de la enseñanza concertada, subraya Educación.