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Evaluación de competencias

Antonio Montero Alcaide
Inspector de Educación
15 de marzo de 2022
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La evaluación competencial, en denominación no del todo ajustada, es una manera de expresar que la evaluación del alumnado tiene en cuenta, particularmente, la concreción de las competencias clave realizada para cada una de las etapas educativas. Así lo consideran las enseñanzas mínimas al establecer tanto el perfil de salida en la educación básica, con descriptores operativos para precisar el grado de adquisición de tales competencias en la finalización de la Educación Primaria y de la enseñanza básica —sea cursando la ESO, un programa de diversificación curricular o un ciclo formativo de grado básico—, como el alcance de esas mismas competencias clave en la Educación Infantil y el Bachillerato.

Puesto que las competencias son un elemento del currículo que, por su carácter internacional (se formulan en el marco del renovado programa Educación y Formación de la Unión Europea), no resulta significativamente afectado por los procesos de reforma en el sistema educativo español, las dificultades para su evaluación ya han sido advertidas desde su incorporación, con la Ley Orgánica de Educación (LOE), el año 2006. Entre otras circunstancias, por no tener las competencias relación unívoca con determinas áreas o materias, sino que a su adquisición contribuyen distintas de esas asignaturas y, por ello, es conveniente una perspectiva interdisciplinar, no habitual en los procesos de evaluación. Por otra parte, la relación de las competencias con los criterios de evaluación, y con los ya transitorios estándares de aprendizaje de las distintas áreas o materias, ha llevado a la elaboración, como recursos, de aplicaciones informáticas que ponderan la importancia de cada uno de tales criterios para la valoración del progresivo grado de logro de las competencias clave; si bien, tal procedimiento de evaluación puede convertirse, en algunos casos, en una aparatosa “tecnología de la evaluación”.

Las nuevas enseñanzas mínimas de la Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica de Educación (Lomloe, 2020) incorporan algunas novedades que pueden facilitar la evaluación de las competencias

Las nuevas enseñanzas mínimas de la Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica de Educación (Lomloe, 2020) incorporan algunas novedades que pueden facilitar la evaluación de las competencias. Una es la de introducir competencias específicas de las distintas asignaturas, que se relacionan con las competencias clave a partir de los descriptores operativos de estas últimas. Y, otra, la de vincular directamente los criterios de evaluación de cada una de las áreas o materias con sus competencias específicas. De este modo, la evaluación de las competencias puede resultar más “natural” o “integrada”, toda vez que, tomando en consideración los criterios de evaluación de las distintas asignaturas, se valoran asimismo las competencias clave. Aunque, para precisar el grado de adquisición de estas, resultarían bastante útiles y a propósito unas rúbricas generales que, teniendo en cuenta tanto los descriptores operativos de las competencias clave como las competencias específicas de las áreas o materias, pudieran orientar, de manera menos “artificial”, el grado de adquisición de las competencias en los correspondientes informes que, sobre ello, han de realizar los equipos docentes.

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