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175 años de inspección educativa: Aportaciones y retos de una profesión centenaria

El 2 de abril se publicó en la Gaceta de Madrid, actual BOE, el Real Decreto de 30 de marzo de 1849 por el que se crea la inspección de primera enseñanza en España, una profesión clave en la historia educativa española que todavía tiene mucho que decir.
Jesús MarrodánMartes, 2 de abril de 2024
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La inspección educativa española desea mantener vivo el legado de quienes mejoraron la educación y la sociedad de su tiempo sin olvidar el compromiso permanente de mejorar un servicio público que se debe a la ciudadanía. © HURCA!

El Real Decreto de 30 de marzo de 1849 publicado en la Gaceta de Madrid el 2 de abril creó la inspección de primera enseñanza. Surgía así una institución que desde esa fecha ha formado parte no solo de la historia educativa española, sino también de nuestra historia política, social y cultural.

Surge así una profesión integrada en la función pública que en sintonía con el devenir del sistema educativo se ha ido adaptando a la realidad social y legislativa.

En esta evolución hay momentos para el recuerdo: la  creación del cuerpo de inspectores (1885) la primera mujer inspectora (1891), las estancias formativas en el extranjero en las primeras década del siglo XX, la primera promoción de inspectoras del Estado (1913), el impulso dado a los comedores, cotos y mutuas escolares en el siglo XX, la participación en las Misiones Pedagógicas de la II República, los represaliados durante la guerra civil en ambos bandos, la creación de la inspección de enseñanza media y posteriormente la de formación profesional, la participación en las distintas reformas educativas, etc.

Normas y, también, personas

La historia de la inspección en estos 175 años no solo es la historia de sus normas de organización y funcionamiento, de sus plantillas, de sus boletines informativos y planes de actuación, es también la de quienes la conformaron y el legado que nos dejaron. Personajes como Matilde García del Real, Faustina Álvarez, Francisco Carrillo, Leonor Serrano, Victoria Adrados, Aurora Medina, Isabel Álvarez, Juvenal de Vega, Alejandro Casona, Herminio Almendros, Adolfo Maillo, Eduardo Soler, Mª Teresa López del Castillo… son inspectores de diferentes épocas, con ideologías incluso opuestas, con trayectorias profesionales distintas (algunos ejercieron cargos públicos, otros fueron marginados o se exiliaron) que dejaron indeleble huella en la educación española.

Leyes y normas educativas, libros de texto, publicaciones pedagógicas y didácticas, creación de centros educativos desde escuelas de párvulos a centros de adultos, impartición de formación del profesorado en centros y universidades y un largo etcétera. La obra colectiva Historias de vida de la Inspección. Referentes de la educación española (Anaya, 2021) expone ocho biografías que sirven para ilustrar la relevancia de estas aportaciones a nuestra sociedad, al igual que lo viene haciendo el Grupo de Estudios de la Inspección de Educación (GEINSP) en sus jornadas de investigación y la revista Supervisión 21, que dedicará su número 72 a esta efeméride.

En la actualidad la inspección educativa tiene como norma primigenia la Constitución española, cuyo artículo 27 regula el derecho fundamental a la educación: Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes. Sus funciones y atribuciones son distintas respecto a los demás cuerpos docentes tal como establece en sus artículos 151 y 153 respectivamente la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

En un Estado de Derecho el servicio público de la inspección educativa tiene una doble finalidad: garantizar los derechos de la comunidad educativa, también sus obligaciones, y contribuir con su labor a la mejora del sistema educativo.

En un Estado de Derecho el servicio público de la inspección educativa tiene una doble finalidad: garantizar los derechos de la comunidad educativa, también sus obligaciones, y contribuir con su labor a la mejor del sistema educativo

La inspección educativa es desempeñada por el Cuerpo de Inspectores de Educación (CIE, 1995) y también de forma provisional por funcionarios docentes. Las administraciones educativas de las comunidades autónomas son las responsables de su organización y funcionamiento, mientras que el Ministerio de Educación asume la inspección en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y para los centros españoles en el exterior. A pesar de su nombre, la Alta Inspección ejercida por el Estado en las distintas comunidades autónomas no está desempeñada por inspectores de educación, lo cual supone un hecho anómalo y contrario al espíritu de la ley.

La inspección educativa del siglo XXI se enfrenta a un conjunto de dificultades que conviene considerar a la hora de exigirle el adecuado cumplimiento de sus funciones:

  • La escasez de efectivos. Actualmente el número de inspectores es ligeramente superior a 1.600, eso supone una ratio de más de 20 centros por inspector/a. Recordemos que nuestro sistema educativo lo forman (datos del MEFPD, curso 2023-2024) más de 8 millones de alumnos, 770.000 docentes y 32.284 centros de enseñanzas no universitarias.

Estos datos evidencian la dificultad de atender a la comunidad educativa adecuadamente, la inspección se ve obligada a atener las cuestiones que parecen ser más relevantes y/o urgentes o que las consideradas prioritarias por la administración.

  • La estabilización de las plantillas. Más de un tercio de quienes ejercen la inspección educativa lo de hace de forma provisional, pues no son funcionarios de carrera del CIE. Esto es debido a que los procesos selectivos se realizan en casi todas las comunidades autónomas de forma discontinua, sin periodicidad (al contrario de los demás cuerpos docentes) y con una oferta de puestos inferior a los realmente necesarios. Es imprescindible efectuar convocatorias de acceso al CIE periódicas y con todas las vacantes existentes.
  • La asignación de tareas burocráticas que no le son propias (baremación de méritos, expedientes disciplinarios, preparación de resoluciones…) en perjuicio de tareas pedagógicas y de asesoramiento. La burocracia ahoga a los centros educativos (cada nueva ley incorpora nuevos planes y documentos) lo que a su vez redunda en incremento de la supervisión administrativa.
  • La necesidad de disponer de recursos tecnológicos potentes para gestionar la ingente información administrativa y educativa de alumnos, familias, docentes y centros. El uso de dispositivos electrónicos personales en las visitas a los centros y en la atención a los equipos directivos evidencia la escasa apuesta tecnológica de las administraciones educativas por mejorar el servicio de la inspección y un problema con la normativa de protección de datos.

Por otra parte, los retos a los que se enfrenta la inspección educativa son también numerosos y relevantes al igual que los que afronta el sistema educativo en su conjunto, citaremos algunos:

  • La nueva regulación de la inspección educativa que incluya el acceso a la inspección (modificación de pruebas memorísticas y de los temarios de oposiciones), la participación en las decisiones profesionales mediante órganos propios y el establecimiento de una carrera profesional que asigne el nivel 28 al CIE. Para acceder al CIE se exige superar una oposición, asumir un traslado de puesto de trabajo además de nuevas responsabilidades por ello es injusto mantener el nivel 26 actual, el mismo que se asigna a los cuerpos de catedráticos a los que se accede con un concurso de méritos, sin cambio de destino y sin las mismas responsabilidades que los inspectores (por ejemplo, evaluar docentes).

El borrador del real decreto elaborado por el Ministerio de Educación plantea muchas de estas cuestiones, por lo que su aprobación supondría un hecho histórico (como en su día lo fueron las normas de 1849, 1932 y 1967). Esperamos que el texto resultante responda las expectativas del colectivo profesional.

  • La supervisión, la evaluación y el asesoramiento deben ser los tres ejes de la acción inspectora. Supervisar para verificar el correcto funcionamiento de los centros y servicios, evaluar para diagnosticar situaciones y necesidades, y asesorar para contribuir a mejorar el sistema educativo y ayudar a quienes requieren información. Todo ello desde los ámbitos pedagógico, administrativo y legal lo que reforzará el rol de la inspección como factor de calidad y equidad educativa. Sin olvidar la mediación, una tarea que requiere mayor implicación en los temas de convivencia de los centros.
  • La visita a los centros es el medio para conocer la realidad educativa de primera mano más allá de los datos estadísticos y de los documentos institucionales, es imprescindible para atender a las demandas educativas y aportar propuestas de mejora a los centros, de interpretación legal y de gestión de recursos. Una presencia en los centros para interactuar con toda la comunidad educativa más allá de los despachos de los equipos directivos y de las gestiones puntuales.

La inspección educativa española en su 175 aniversario desea mantener vivo el legado de quienes mejoraron la educación y la sociedad de su tiempo sin olvidar el compromiso permanente de mejorar un servicio público que aun siendo parte de la administración se debe a la ciudadanía de la que forma parte activa.

  • Jesús A. Marrodán Gironés es inspector, inspector central de la Consejería de Educación de Castilla y León y presidente del sindicato profesional de los inspectores de educación USIE.
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