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“La que se avecina…”

Con este número inicia el periódico Magisterio, decano de la prensa educativa en España, una nueva sección de opinión con periodicidad quincenal en la que inspectores de Educación expondrán, analizarán y comentarán la situación educativa en nuestro país. Inicia la sección Jesús Marrodán, presidente del sindicato profesional de inspectores, USIE.
Jesús MarrodánLunes, 14 de marzo de 2022
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© Flas100

La comunidad educativa es consciente de que, al inicio del curso escolar 2022-23 se implantarán cambios educativos –según establece la disposición final quinta de la Lomloe– que afectarán a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Los reales decretos de currículos y organización de estas enseñanzas llevan un notorio retraso en su publicación, la cual se esperaba en enero. La trascendencia de estas normas estatales es evidente en las ya publicadas: Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil y Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la E. Primaria. El de Educación Infantil es innovador por ser el primero de carácter estatal que regula la etapa totalmente. Entrará en vigor el 1 de septiembre de 2022 en todos los cursos y deberán aplicarlo todos los centros, independientemente de su titularidad, que imparten estas enseñanzas.

Por otra parte, el real decreto de Educación Primaria introduce el “Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica”, definido en el artículo 9, como: “…concreción de los principios y fines del sistema educativo referidos a la educación básica que fundamenta el resto de decisiones curriculares. El Perfil de salida identifica y define, en conexión con los retos del siglo XXI, las competencias clave que el alumnado debe haber desarrollado al finalizar la educación básica…” El anexo I establece las características del perfil de salida, referente común para toda la enseñanza básica. Según el artículo 3.3. de la Lomloe, está formada por la educación primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y los ciclos formativos de Grado Básico.

Los reales decretos determinan en su artículo 2 una serie de definiciones referidas al nuevo currículo: saberes básicos, situaciones de aprendizaje y diferencia las competencias en básicas y específicas. Estos nuevos términos no están incluidos en el concepto de currículo de la Lomloe –artículo 6– circunstancia sorprendente desde el punto de vista normativo. Este neolenguaje pedagógico genera dudas sobre su aplicación en un profesorado harto de cambios cosméticos en las normas educativas.

Se prevé que antes del 31 de marzo se publiquen los reales decretos correspondientes a la ESO y el Bachillerato. Este retraso está originando un generalizado y progresivo malestar en los centros educativos, pues su contenido es relevante no solo por los cambios curriculares que conllevan sino por la introducción de aspectos organizativos que repercuten de forma notoria en su funcionamiento. Habrá que cambiar programaciones didácticas, libros de texto, materiales curriculares y otras cuestiones pedagógicas; además de horarios, agrupación de materias o áreas en ámbitos, la impartición de una materia en un curso o en varios. También afecta a la oferta académica de cada centro, lo que repercutirá notoriamente en las plantillas docentes. Esta situación explica la lógica incertidumbre en los claustros y la movilización de los colectivos docentes más afectados: profesorado de filosofía, informática, economía, lenguas clásicas, etc.

Se prevé que antes del 31 de marzo se publiquen los reales decretos correspondientes a la ESO y el Bachillerato. Este retraso está originando un generalizado y progresivo malestar en los centros educativos

Este “thriller” normativo se inició este curso con el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, que regula la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional, que ha originado una variopinta normativa autonómica que podríamos resumir en “dime dónde vives y te diré cómo obtener el título de la ESO”.

Dada la distribución de competencias educativas establecida en el artículo 149 de la Constitución, los nuevos currículos estatales originarán que cada comunidad autónoma promulgue los decretos y órdenes que deberán aplicar los centros de su territorio, pero las cuentas no salen. Un decreto autonómico precisa al menos de seis meses para su tramitación y posterior publicación oficial, es decir, hasta junio o julio no estará la normativa autonómica completada. Por lo tanto, ¿cuándo elaborarán los centros educativos las nuevas programaciones didácticas eligiendo el material didáctico adecuado? ¿Cuándo se sabrá la plantilla asignada a cada centro? ¿Cuándo las familias conocerán la nueva oferta educativa? ¿Se llegará a tiempo para que los nuevos currículos y otros cambios de la Lomloe puedan ponerse en marcha y no queden solo en el sufrido papel? El ritmo de los despachos no es el de las aulas.

Otra duda se pasea por los claustros, ¿qué margen de autonomía real tendrán los centros en el ámbito pedagógico, organizativo y de gestión? Esta autonomía es una reiterada reivindicación de los equipos directivos, que es apoyada por la mayoría de los inspectores al considerar que, solo a partir de ella, los centros podrán dar una respuesta adaptada a su realidad educativa de forma eficaz e innovadora. Este asunto va a ser otra “patata caliente” que las Administraciones educativas tendrán que afrontar en su normativa curricular y de organización escolar.

Esta situación será especialmente compleja en el curso 2022-23, cuando, en Primaria, ESO y Bachillerato, los cursos impares apliquen el currículo Lomloe y los pares el de la Lomce.

Es fundamental una información continua y clarificadora, acompañada de una formación docente potente con un fuerte contenido práctico, exigencia que deben afrontar las Administraciones educativas para que se traspongan los cambios normativos de forma efectiva a las aulas. En este sentido se debería reflexionar acerca de las causas por las que el “modelo competencial” establecido en la LOE (2006), mantenido en la Lomce y ahora reiterado en la Lomloe, continúa sin arraigar en muchos centros, a pesar de las numerosas normativas, excelentes iniciativas de formación, relevantes propuestas innovadoras y docentes fuertemente implicados. Los inspectores ya dejamos claro que uno de los problemas de nuestras leyes orgánicas es que su aplicación no se evalúa, por lo que se repiten los errores.

Los cambios que se avecinan requerirán un gran esfuerzo colectivo. La mera publicación de nuevas normas es insuficiente si no se acompaña de otras medidas que impacten directamente en la vida escolar. La Inspección educativa es de sobra conocedora de normas bienintencionadas que por falta de recursos y rigurosidad no han tenido repercusión real. No basta con buenas palabras, todos los implicados precisamos recursos suficientes, formación, asesoramiento, autonomía en la gestión y sobre todo no olvidar al verdadero protagonista de la Educación: nuestro alumnado.

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