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Programaciones didácticas, prueba de fuego del currículo

Toda Ley educativa al ser proclamada o modificada en profundidad tiene como aspiración obtener un impacto en la mejora de la calidad y equidad del proceso de enseñanza y aprendizaje que reciben los ciudadanos y el éxito escolar. Como todo cambio sustancial, precisa ser comprendido y asumido por los docentes, para ello, se hace necesaria una formación que permita aplicar con soltura los cambios operados.
Rosa García MendiveLunes, 9 de mayo de 2022
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© 3DJustincase

La modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, ha traído consigo la publicación de los nuevos reales decretos de organización y enseñanzas mínimas desde la etapa de Educación Infantil, por primera vez para ambos ciclos, hasta el Bachillerato, culminando este proceso el 6 de abril de 2022.

Los reales decretos publicados han definido los elementos del currículo que tendrán su reflejo en el establecimiento por parte de las administraciones educativas del currículo y que posteriormente los centros desarrollarán y completarán adaptándolo a su realidad socioeducativa en uso de su autonomía, plasmándolo en propuestas pedagógicas o concreciones que forman parte del proyecto educativo. Todo este proceso culmina con la elaboración de las programaciones docentes y su aplicación directa en el aula.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación fija dentro de su articulado que el Gobierno incluirá en la estructura orgánica del Ministerio de Educación y Formación Profesional una unidad que, en cooperación con las Comunidades Autónomas, asegure una formación común, garantice la validez de los títulos correspondientes y contribuya a la actualización permanente de los currículos que constituyen las enseñanzas mínimas.

Actualmente, las Comunidades Autónomas están en el transcurso de la elaboración del currículo de las distintas enseñanzas, encontrándose estos procesos en gran medida publicados en los portales de transparencia para el conocimiento y participación de la ciudadanía. Este hecho permite a los inspectores y docentes tener un conocimiento más preciso de lo que será una realidad al inicio del curso escolar 2022-23 para la Educación Infantil y los cursos impares de las etapas de que constituyen la enseñanza básica y el Bachillerato.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, encomienda a las administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y alumnas y del profesorado. El cumplimiento de este mandato resulta de gran importancia para la adecuada implantación de la reforma, acercando al docente ejemplificaciones prácticas y modelos para trasladar la reforma del papel a la realidad de las aulas. El reto de cada programación didáctica será el de contribuir a garantizar la formación integral y pleno desarrollo de la personalidad del alumnado, eliminando barreras al pleno disfrute del derecho a la educación y la preparación para la ciudadanía activa y el ejercicio pleno de los derechos en la sociedad democrática actual.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, encomienda a las administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y alumnas y del profesorado

Dentro del articulado de los reales decretos, ya aparecen definidos y relacionados los elementos del currículo que van a formar parte del léxico habitual del docente y de los inspectores: objetivos, competencias clave, competencias específicas, criterios de evaluación, saberes básicos y situaciones de aprendizaje. Esta nueva configuración curricular va a suponer su materialización en toda la documentación que elaboren los centros docentes y en la práctica educativa. Asimismo, la inspección educativa, en el ejercicio de sus funciones, ha de velar por el cumplimiento, en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes que afecten al sistema educativo. En este contexto de reforma, se hace imprescindible una formación pedagógica sólida que permita a la inspección educativa realizar las funciones de asesoramiento a los centros docentes en materia de currículo y que le permita supervisar, evaluar y controlar desde el punto de vista pedagógico la implantación de los nuevos currículos.

Aunque la propia LOE ha establecido en el artículo 125 que los centros educativos elaborarán al principio de cada curso una programación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados, no le ha otorgado carácter de norma básica ni de ley orgánica, quedando a la definición por parte de las administraciones educativas la existencia o no de este documento en los centros o la elaboración de uno similar.

Nada se dice sobre las programaciones didácticas en la ley orgánica, ni en los reales decretos de enseñanzas mínimas, este documento se ha venido regulando por parte de las administraciones educativas a través de los reglamentos orgánicos de los centros. Sin embargo, es el registro más cercano a la realidad de las aulas, que permite observar documentalmente cómo se prevé llevar a cabo el despliegue del currículo y garantizar los retos y finalidades fijados en la normativa. Para la conquista los objetivos marcados, la planificación se torna como uno de los elementos básicos que permiten establecer planes de acción para su consecución, evaluación y mejora, incluso en un ámbito tan complejo, como es la educación, en el que interactúan múltiples variables.

Las programaciones didácticas, como documentos que plasman las intenciones y la aplicación real en el aula, se van a erigir en los testigos documentales de cómo ha calado en la comunidad educativa la reforma propuesta, el paso del “deber ser” al “ser”.

Rosa García Mendive es Inspectora de Educación de la Comunidad Foral de Navarra

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