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Los alumnos de las comunidades con lengua cooficial que no vean satisfecho el derecho a recibir la enseñanza en castellano en centros públicos o concertados y recurran a la escolarización privada deberán pagar los costes de matrícula y reclamar después los gastos efectivos al Ministerio de Educación. El Estado deducirá o retendrá de la financiación autonómica el importe de los gastos de escolarización en centros privados asumidos por el Ministerio.

