El departamento de Educación regulará por decreto foral la distribución del alumnado desfavorecido en los centros de la Comunidad, con mecanismos en los procesos de admisión para la no discriminación, la igualdad en la aplicación de las normas, la igualdad de oportunidades y la cohesión social, mediante la distribución equilibrada del alumnado con necesidades específicas.







